ASENJO/VERGARA (LTE)
Rol
Fecha
28 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que comparece el abogado Raúl Toro González, en representación de Marcelo Asenjo Gallardo e interpone recurso de queja en contra del Sr. juez árbitro Enrique Vergara Schmidt, por las faltas o abusos graves cometidos en la sentencia dictada con fecha 31 de agosto de 2023. Refiere como primera falta o abuso grave, el hecho de haber dictado la sentencia una vez vencida el plazo del arbitraje, habiendo en consecuencia el árbitro perdido su jurisdicción y competencia. Al efecto, indica que en las reglas del procedimiento no se determinó un plazo de duración del arbitraje, razón por el cual, resulta plenamente aplicable lo dispuesto en el artículo 235 del Código Orgánico de Tribunales, lo que implica que el árbitro en cuestión tenía un plazo de dos años contados desde la aceptación del cargo, es decir, al haber aceptado el cargo el 8 de julio de 2021, debió haber evacuado el encargo a más tardar, el 8 de julio de 2023, por lo que indudablemente la sentencia a su criterio se dictó fuera de plazo. Como segunda falta o abuso grave, acusa una errónea aplicación de la ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo en la consideración décimo primera al indicar que no podía fallar contra Derecho, lo que implicó que desechara toda la prueba rendida por su parte. Además, alega que el Sr. Juez árbitro valoró la prueba conforme al sistema de la prueba legal o tasada, en circunstancias que la ley le obliga a fallar conforme a la prudencia y equidad. Como tercera falta o abuso grave, indica que el Sr. juez árbitro realizó una errónea y falsa valoración de la prueba, falsa apreciación de los antecedentes del proceso y errónea fundamentación de la sentencia al establecer que el quejoso declaró libre y espontáneamente haber recibido conforme -por medio de una cláusula tipo o de estilo- la entrega material de los departamentos, y donde el Juez recurrido concluye que su representado recibió la entrega de los inmuebles en la fecha de suscripción de las resp
Fallo
fallo en la consideración décimo primera al indicar que no podía fallar contra Derecho, lo que implicó que desechara toda la prueba rendida por su parte. Además, alega que el Sr. Juez árbitro valoró la prueba conforme al sistema de la prueba legal o tasada, en circunstancias que la ley le obliga a fallar conforme a la prudencia y equidad. Como tercera falta o abuso grave, indica que el Sr. juez árbitro realizó una errónea y falsa valoración de la prueba, falsa apreciación de los antecedentes del proceso y errónea fundamentación de la sentencia al establecer que el quejoso declaró libre y espontáneamente haber recibido conforme -por medio de una cláusula tipo o de estilo- la entrega material de los departamentos, y donde el Juez recurrido concluye que su representado recibió la entrega de los inmuebles en la fecha de suscripción de las respectivas compraventas. Aseveraciones que a su criterio resultan ser completamente improcedentes, dado que significan, necesariamente, que el Juez no valoró ni ponderó ninguno de los medios de prueba aportados en el proceso. SEGUNDO: Que, evacuando el informe el señor árbitro solicita se rechace el recurso, en cuanto a la primera falta o abuso grave que se le imputa, indica que su competencia se agotó una vez las partes otorgaron los respectivos contratos de compraventa prometidos. En consecuencia, el hecho que la sentencia se haya dictado fuera del plazo señalado en el inciso 3° del artículo 235 del Código Orgánico de Tribunales, en nada a
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: PRIMERO: Que comparece el abogado Raúl Toro González, en representación de Marcelo Asenjo Gallardo e interpone recurso de queja en contra del Sr. juez árbitro Enrique Vergara Schmidt, por las faltas o abusos graves cometidos en la sentencia dictada con fecha 31 de agosto de 2023. Refiere como primera falta o abuso gra
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