FISCO DE CHILE/COMPAÑÍA NAVIERA Y PESQUERA SAN AMBROSIO E INVERSIONES S.A.
Rol
Fecha
28 de mayo de 2024
Materia
CONTRATO, RESOLUCIÓN DE
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su motivo décimo sexto, que se elimina. Y se tiene en su lugar, y, además presente: Primero: Que esta Corte comparte lo razonado por el Tribunal a quo, en cuanto a que no se encuentra acreditada la existencia de un contrato de arrendamiento ni sus cláusulas esenciales. En relación con la excepción de prescripción enarbolada por la demandada en subsidio de la excepción de falta de legitimación pasiva y de la alegación de fondo sobre inexistencia del contrato de arrendamiento, ha de señalarse que para desentrañar si ésta se verifica en la especie, resultaba necesario establecer la fecha de celebración del contrato y de la supuesta destrucción de la cosa arrendada, lo que no acaeció. De este modo, corresponde omitir pronunciamiento a su respecto. Segundo: Que las demás alegaciones vertidas por el recurrente y por quien adhiere a la apelación, no logran desvirtuar las conclusiones a que ha arribado el fallo. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los preceptos citados y lo previsto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia impugnada de ocho de marzo de dos mil veintiunos, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Santiago, en cuanto por ella se acogió la excepción de prescripción, y en su lugar, se declara que se omite pronunciamiento a su respecto. Se confirma, en lo demás apelado, la referida sentencia. Regístrese y devuélvase. N° 5866-2021 Civil. Pronunciada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada con las ministros M. Catalina González Torres, Claudia Lazen Manzur y Fiscal Judicial Jaime Salas Astrain.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los preceptos citados y lo previsto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia impugnada de ocho de marzo de dos mil veintiunos, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Santiago, en cuanto por ella se acogió la excepción de prescripción, y en su lugar, se declara que se omite pronunciamiento a su respecto. Se confirma, en lo demás apelado, la referida sentencia. Regístrese y devuélvase. N° 5866-2021 Civil. Pronunciada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada con las ministros M. Catalina González Torres, Claudia Lazen Manzur y Fiscal Judicial Jaime Salas Astrain.
Texto Completo (Preview)
Alegaron, previo anuncio y relación pública, el abogado don Lautaro Téllez y el abogado don Kevin Venturelli por y contra el recurso. Santiago, 28 de mayo de 2024. Florencia Sáez, relatora. Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro. Al escrito folio N°19 y 20: Téngase presente. Al escrito folio N° 21: A sus antecedentes. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su
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