MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ RODRIGO ADOLFO ZERENE CEBALLOS
Rol
Fecha
27 de mayo de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en audiencia, esta Corte, por unanimidad de los integrantes de esta Sala,
Fundamentos
considerando los diversos estadios procesales de la causa, esto es, existe una condena de fecha veintitrés de noviembre del año dos mil veintitrés, mediante la cual se ordena el cumplimiento alternativo de la pena privativa de libertad, concediéndose la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, plan de intervención individual que empieza a surtir sus efectos desde el día veintiocho de marzo del año dos mil veinticuatro, fecha desde la cual se han observado diversos incumplimientos, entre ellos, día nueve, quince y diecinueve de abril del año dos mil veinticuatro, respecto de entrevistas y deserción de cursos que comprendían el plan de intervención, todo aquello con prescindencia –incluso- de la eventual comisión de un nuevo delito, causa en la cual no se ha dictado sentencia de término, pero que si afectó al imputado por la medida cautelar de prisión preventiva que se decretó a su respecto. Asimismo, se tendrán en consideración los diversos cambios de domicilios del encartado, los que no fueron oportunamente informados al tribunal A Quo, demostrándose una falta de adherencia al sistema alternativo de cumplimiento, configurándose por todo ello un incumplimiento grave y reiterado de las condiciones que han sido impuestas para efectos de hacer uso de la libertad vigilada intensiva, particularmente del plan de intervención individual que se fijó en marzo del año en curso. Por todo lo expuesto, individual del año en curso. va, particularmente del plan de intervencil miento, o se ha informado oportunamente a SE CONFIRMA la resolución de fecha nueve de mayo del año dos mil veinticuatro dictada por el Juez don Julio Luis Sandoval Berrocal del Juzgado de Garantía de Villarrica, que revocó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva que se había otorgado al sentenciado Rodrigo Adolfo Zerené Ceballos, debiendo cumplir la pena privativa de libertad de manera efectiva. Agréguese a la carpeta digital y comuníquese lo resuelto al Tribunal A Quo. Rol N° Penal-965-2024.(jog)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintisiete de mayo de dos mil veinticuatro. Al folio N° 5 y N° 6: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. Al folio N° 7: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en audiencia, esta Corte, por unanimidad de los integrantes de esta Sala, considerando los diversos estadios procesales de la causa, esto es, existe
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