SIN INFORMACION

GUTIERREZ PINILLA CRISTIAN JESUS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

27 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Haslie María Paz Bustamante Vargas, abogada, defensora privada penitenciaria, en favor de Cristian Jesús Gutiérrez Pinilla, quien interpone acción constitucional del amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por el acto que califica como ilegal y arbitrario consistente en rechazar la libertad condicional de su representado, lo que a su juicio vulnera las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 numeral 7 de la Constitución Política de la República. Pide que se acoja el recurso, disponiendo, que se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional del recurrente, decretando se le conceda inmediata libertad. Segundo: Que, la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe al tenor del recurso, lo que hizo a través de su presidenta, ministra señora Sandra Araya Naranjo, quien señaló que por resolución del 26 de abril pasado se omitió pronunciamiento respecto a la postulación del amparado por haber renunciado voluntariamente al proceso, no sometiéndose a la elaboración del informe psicosocial exigido por el Decreto Ley N°321. Tercero: Que, el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar, de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad ambulatoria, con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, frente a amenazas ilegales al ejercicio de dicha libertad y frente a privaciones, perturbaciones o amenazas a la seguridad individual, sin limitaciones y sin que importe el origen de tales atentados. Cuarto: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, consta que no existe medida que esta Corte pueda adoptar, puesto que, el mismo amparado renunció al proceso de libertad condicional, por ello, el presente recurso no puede prosperar. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de don Cristian Jesús Gutiérrez Pinilla, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Iltma. Corte de Apelaciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1356-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Haslie María Paz Bustamante Vargas, abogada, defensora privada penitenciaria, en favor de Cristian Jesús Gutiérrez Pinilla, quien interpone acción constitucional del amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por el acto q

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