MINISTERIO PUBLICO C/ FERNANDO ISAIAC PORTINO IBARRA
Rol
Fecha
24 de mayo de 2024
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el número de delitos por el cual han sido formalizados los imputados, el número de participantes y el concierto previo de los mismos, se REVOCA la resolución apelada de veintidós de mayo de dos mil veinticuatro y, en su lugar, se decreta la prisión preventiva de los imputados, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Acordada con el voto en contra de la Fiscal Judicial Sra. Paola Oltra Schüler, quien respecto del imputado Cárdenas Cárdenas, estuvo por confirmar la resolución en alzada. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 879 – 2024 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 24 de mayo de 2024. Cristóbal Herrera Morales Relator Ad – Hoc En Valdivia, veinticuatro de mayo de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se decrete la prisión preventiva de los imputados por peligro para la seguridad de la sociedad. A continuación alega la defensa, quien pide se confirme la resolución en alzada, en mérito de las alegaciones de hecho y derecho que fundamenta en la audiencia. Los intervinientes no hacen uso de su derecho a réplica. El Sr. Presidente de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el número de delitos por el cual han sido formalizados los imputados, el número de participantes y el concierto previo de los mismos, se REVOCA la resolución apelada de veintidós de mayo de dos mil veinticuatro y, en su lugar, se decreta la prisión preventiva de los imputados, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Acordada con el voto en contra de la Fiscal Judicial Sra. Paola Oltra Schüler, quien respecto del imputado Cárdenas Cárdenas, estuvo por confirmar la resolución en alzada. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 879 – 2024 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 24 de mayo de 2024. Cristóbal Herrera Morales Relator Ad – Hoc En Valdivia, veinticuatro de mayo de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA VEINTICUATRO DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO, PARA LA VISTA –POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA– DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN CAUSA RUC 2300905435-9, RIT 4631–2023. ROL CORTE 879–2024. Siendo las 09:18 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia, con la asistencia del Ministro (S) Sr. Carl
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