JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE TALCA

ROJAS/INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES SANTA FE SOCIEDAD ANONIMA

Rol

Fecha

24 de mayo de 2024

Materia

DESPIDO INDIRECTO

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO.

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Hechos

VISTO: Se tiene por reproducida la parte expositiva, los

Fundamentos

considerandos y las citas legales de la sentencia pronunciada por el juez de letras del trabajo, con excepción del párrafo final del razonamiento vigésimo. Y CONSIDERANDO: Primero: Que en virtud de los hechos establecidos en autos y por expresa disposición de lo prevenido por el artículo 183 B del Código del Trabajo, la responsabilidad del demandado MOP/Fisco de Chile no puede exceder el límite temporal alegado por su parte, esto es, del 8 de junio de 2022. Segundo: Que como dicha norma es clara al respecto, debe estarse a su tenor literal en cuanto estatuye que la responsabilidad solidaria estará limitada al tiempo o período durante el cual él o los trabajadores prestaron servicios en régimen de subcontratación para la empresa principal. Tercero: Que, en consecuencia, la decisión definitiva debe ajustarse a tal precepto, por lo que el demandado MOP/Fisco de Chile no queda obligado a pagar las remuneraciones del actor que se devenguen del 8 de junio de 2022 hasta la convalidación legal del despido. Y de acuerdo, además, a lo dispuesto en los artículos 474 y 482 del Código del Trabajo,

Fallo

fallo de reemplazo en la causa Rit O-304-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad. VISTO: Se tiene por reproducida la parte expositiva, los considerandos y las citas legales de la sentencia pronunciada por el juez de letras del trabajo, con excepción del párrafo final del razonamiento vigésimo. Y CONSIDERANDO: Primero: Que en virtud de los hechos establecidos en autos y por expresa disposición de lo prevenido por el artículo 183 B del Código del Trabajo, la responsabilidad del demandado MOP/Fisco de Chile no puede exceder el límite temporal alegado por su parte, esto es, del 8 de junio de 2022. Segundo: Que como dicha norma es clara al respecto, debe estarse a su tenor literal en cuanto estatuye que la responsabilidad solidaria estará limitada al tiempo o período durante el cual él o los trabajadores prestaron servicios en régimen de subcontratación para la empresa principal. Tercero: Que, en consecuencia, la decisión definitiva debe ajustarse a tal precepto, por lo que el demandado MOP/Fisco de Chile no queda obligado a pagar las remuneraciones del actor que se devenguen del 8 de junio de 2022 hasta la convalidación legal del despido. Y de acuerdo, además, a lo dispuesto en los artículos 474 y 482 del Código del Trabajo, se declara lo siguiente: I.- Que se acoge la excepción de prescripción deducida por el Fisco de Chile respecto de la acción para el cobro de la compensación del feriado legal, limitándose sólo a dos periodos de feriado anual. II.- Que entre

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Talca, veinticuatro de mayo de dos mil veinticuatro. De acuerdo con la sentencia de nulidad que precede, se dicta este fallo de reemplazo en la causa Rit O-304-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad. VISTO: Se tiene por reproducida la parte expositiva, los considerandos y las citas legales de la sentencia pronunciada por el juez de letras del trabajo, con excepción del párrafo fin

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