JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CALAMA

PERALTA/CODELCO CHILE

Rol

Fecha

24 de mayo de 2024

Materia

ART. 2 CT. SOBRE ACTOS DE DISCRIMINACIÓN

Resultado

ACOGIDO

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que en esta causa rol único 2340460753-7, rol interno T-27-2023, del Juzgado de Letras del Trabajo de Calama, rol ingreso Corte 16-2024, por sentencia definitiva de veinte de diciembre de dos mil veintitrés, se acogió la denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales interpuesta por Jeremy Urquieta Soza, en representación de Luis Domingo Peralta Corrotea, en contra de Codelco Chile División Ministro Hales, por la cual se declaró que el despido de que fue objeto el denunciante resultaba lesivo de su derecho a la honra y a no ser objeto de discriminación por razones de discapacidad, con ocasión del despido; ordenando a la denunciada pagar una indemnización por lesión de derechos fundamentales, equivalente a la cantidad de 11 remuneraciones mensuales, a las indemnizaciones sustitutivas de aviso previo y por años de servicio, ésta última incrementada en un 80%, además de acoger el cobro de las prestaciones que se detallan, feriado legal y feriado proporcional, bono de producción por el mes de noviembre de 2022, bono excepcional de resultados trimestral, bono anual de negocios, gratificación legal, asignación personal nominal, asignación personal nominal y beneficio flexible de movilización; sumas todas que deberán reajustarse y generar intereses conforme los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. Asimismo, se condenó en costas a la parte denunciada por haber resultado totalmente vencida en el pleito. En contra del referido fallo, la parte denunciada recurrió de nulidad invocando los

Fundamentos

motivos contemplados en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, esto es, por haberse extendido la sentencia “a puntos no sometidos a la decisión del tribunal”; conjuntamente lo hace por la letra b) de la misma disposición, referido a cuando la sentencia definitiva “haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica”; y, finalmente, en subsidio de las precedentes, por la causal contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo -de infracción de ley-, atendido a que el

Fallo

fallo recurrido se ha dictado con contravención manifiesta del inciso final del artículo 172 del Código del Trabajo; habiendo influido sustancialmente cada uno de los vicios de que se acusa en las respectivas causales, en lo dispositivo del fallo. Con fecha siete de mayo en curso, se efectuó la vista del recurso, interviniendo por la recurrente el abogado Sergio Montes Larraín solicitando se acoja y, contra el recurso, lo hizo el abogado Jeremy Urquieta Soza, quien solicitó su rechazo por los argumentos que expuso, quedando la audiencia registrada en el sistema de audio, la causa en estado de estudio y posteriormente en acuerdo. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el abogado de la parte denunciada Sergio Montes Larraín, recurre de nulidad invocando el motivo consagrado en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, por cuanto la sentencia recurrida se habría extendido a puntos no sometidos a la decisión del tribunal; en particular, acusa que dicha infracción se habría materializado al haberse acogido la denuncia deducida por vulneración del derecho a la honra del actor, en condiciones que dicha garantía no fue invocada ni en la denuncia respectiva, ni en su parte petitoria, cuestión que lleva a la sentenciadora a pronunciarse sobre hechos que exceden el marco de la discusión que fue determinada por las partes, conforme sus escritos de demanda y de contestación. SEGUNDO: Que, fundamenta el recurrente su arbitrio, en el hecho que al acoger la juzgadora la acción de tutela con oc

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Antofagasta, veinticuatro de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que en esta causa rol único 2340460753-7, rol interno T-27-2023, del Juzgado de Letras del Trabajo de Calama, rol ingreso Corte 16-2024, por sentencia definitiva de veinte de diciembre de dos mil veintitrés, se acogió la denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales interpuesta por Jeremy Urquieta Soza, en r

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