PAULA ANDREA CASTAÑO RODRIGUEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
24 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Cristóbal Eduardo Valenzuela Chávez interpone acción constitucional de amparo en favor de Paula Andrea Castaño Rodríguez, de nacionalidad colombiana, documento de identidad del mismo origen N° 1151960626, domiciliada para estos efectos en Vasconia N°8320, La Cisterna, Santiago, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de la amenaza de expulsión del país en su contra, constituyendo ello una vulneración a la garantía de libertad personal, establecida en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Expone que la recurrente ingresó a Chile el 9 de enero de 2015 por el paso fronterizo de Arica y, producto de la necesidad económica y el ofrecimiento de un trabajo, decidió quedarse, toda vez que esto implicaba una mejora económica para ella y su familia. Agrega que actualmente sigue en el país trabajando de manera informal, pero con la necesidad de regularizar su situación migratoria, existiendo el fundado temor de que exista una orden de expulsión actual o futura en su contra. Pide que se acoja el recurso de amparo y se ordene al Servicio Nacional de Migraciones dejar sin efecto cualquier orden de expulsión del país presente o futura en contra de la recurrente. Segundo: Que informa al tenor del recurso la Prefectura de Migraciones y Policía Internacional Metropolitana, señalando que el recurrente no registra orden de expulsión vigente, así como tampoco órdenes de aprehensión, arrestos ni arraigos en su contra, teniendo como último movimiento migratorio una entrada al territorio nacional por el paso fronterizo Chacalluta el 6 de octubre de 2016, procedente desde Perú Agrega que, de acuerdo a la Ley 21.235 y su Reglamento, la tramitación y ejecución de las órdenes de abandono del territorio nacional son de competencia exclusiva del Servicio Nacional de Migraciones. Tercero: Que, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso, con costas. Indica que l
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, el recurso de amparo deducido en favor de Paula Andrea Castaño Rodríguez, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. Nº 368-2024 AMP.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinticuatro de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Cristóbal Eduardo Valenzuela Chávez interpone acción constitucional de amparo en favor de Paula Andrea Castaño Rodríguez, de nacionalidad colombiana, documento de identidad del mismo origen N° 1151960626, domiciliada para estos efectos en Vasconia N°8320, La Cisterna, Santiago, en contra
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