SIN INFORMACION

BRITISH AIRWAYS PLC/NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

Rol

Fecha

23 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, don Rodrigo Hananías Castillo, abogado, quien actúa en representación de la parte solicitada, British Airways PLC, dedujo recurso de hecho en contra de la resolución de 17 de enero del año 2024 dictada por don Carlo Marcelo Casaula Mezzano, juez del 9° Juzgado Civil de Santiago que, en causa Rol C-18868-2023, caratulada “CARL SCHÖRTER GMBH & Co. KG/ BRITISH AIRWAYS PLC”, sobre medida prejudicial preparatoria de exhibición de documentos, que denegó el recurso de apelación interpuesto por su parte de forma subsidiaria a un recurso de reposición, el día 09 del mismo mes y año, por improcedente. Explica que dicho recurso de apelación se dedujo en contra de la resolución de 29 de noviembre de 2023, que accedió a la solicitud de la requirente, dada la manifiesta falta de jurisdicción y, por ende de competencia, de los tribunales chilenos para conocer de la medida requerida en el marco de un contrato celebrado y ejecutado fuera de Chile. Ahora bien, en cuanto al recurso de hecho materia de autos, refiere que cuando el tribunal considera que la resolución impugnada corresponde a un decreto, providencia o proveído y, por ende inapelable, incurre en un evidente error que le causa agravio a su parte. Ello, porque, a su juicio, tal resolución tiene la naturaleza jurídica de una sentencia interlocutoria de segundo grado, puesto que en los términos del artículo 158 inciso 3°, parte final, del Código de Procedimiento Civil, resuelve sobre algún trámite que debe servir de base en el pronunciamiento de una sentencia definitiva o interlocutoria. En ese orden de ideas, alega que en virtud del artículo 273 inciso final del Código antes citado, el estándar requerido para la medida prejudicial preparatoria de exhibición, es la necesariedad; esto en cuanto se exige que se trate de una medida necesaria para que el demandante pueda entrar en el juicio. Por lo tanto, en su concepto y, a contrario sensu, sin tal medida, supuestamente, el demandante

Fallo

Por estas consideraciones y, atendido, además, lo dispuesto en los artículos 181, 187, 188, 189 y 201 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y, en la Ley N° 18.101, se rechaza, el recurso de hecho interpuesto en contra de la resolución de 17 de enero del año 2024 dictada por el 9° Juzgado Civil de Santiago que, en causa Rol C-18868-2023. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Civil-1244-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, don Rodrigo Hananías Castillo, abogado, quien actúa en representación de la parte solicitada, British Airways PLC, dedujo recurso de hecho en contra de la resolución de 17 de enero del año 2024 dictada por don Carlo Marcelo Casaula Mezzano, juez del 9° Juzgado Civil de Santiago que, en

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