5º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

PARQUE ARENAS SPA/ALTO MAIPO SPA - (ACUMULADO INGRESO CORTE N°11916-2021 Y 1353-2022)

Rol

114680-2022

Fecha

14 de octubre de 2022

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1º.- Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso y que no sean susceptibles de recurso ordinario o extraordinario alguno. 2º.- Que el libelo incoado por los abogados Nicolás Lama Legrand y Joaquín Sánchez del Campo, en autos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Rol 2656-22, acumulado al Ingreso Corte N° 11.916-21 y 1353-22, lo ha sido respecto de una resolución de una Sala de la referida Corte que confirmó la de primer grado que no accedió a la reanudación del termino probatorio. 3º.- Que de lo expuesto se desprende que la resolución aludida en el motivo que precede no es de aquellas que permiten la interposición de un recurso de queja en su contra, puesto que no participa de la naturaleza de las señaladas en el primer acápite, a consecuencia de lo cual sólo cabe concluir que el recurso deducido no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido los abogados Nicolás Lama Legrand y Joaquín Sánchez del Campo. Al primer otrosí: no ha lugar. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al tercer otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. Rol Nº 114.680-2022.-

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido los abogados Nicolás Lama Legrand y Joaquín Sánchez del Campo. Al primer otrosí: no ha lugar. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al tercer otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. Rol Nº 114.680-2022.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, catorce de octubre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1º.- Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso y que no sean susceptibles de recurso ordinario o extraordinario alguno. 2º.- Qu

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