YAÑEZ PARRA JUAN EMILIANO/ COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
23 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Juan Emiliano Yáñez Parra, por medio de formulario manuscrito, quien se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Colina I, e interpone acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber incurrido ésta en un acto ilegal en la dictación de la resolución que no accedió al beneficio de libertad condicional en el primer semestre del año 2024. Segundo: Que, informando doña Sandra Araya Naranjo, Ministra, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que, si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo de reincidencia que precisamente desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. La resolución de rechazo señaló: “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante durante su adolescencia y adultez mantiene cuadro de consumo problemático de sustancias, particularmente consumo de COC y OH con algunos episodios de intoxicación que lo llevaron a ser atendido en hospitales, no obstante, no se incluye en programas de tratamiento especializado en adiciones, el cuadro de consumo problemático se mantiene hasta el inicio de su actual condena. Hoy en día asegura mantener abstinencia de consumo hace más de tres años. El Sr. Yáñez Parra cuenta con evaluación anterior de riesgo de reincidencia vigente, en la cual se arroja un nivel de riesgo de reincidencia moderado, presenta alto riesgo en las dimensiones de pares, patrón anti-social. Evaluado que, presenta factores de riesgo asociado a su precoz y versátil experiencia delictual, reincidenci
Fundamentos
fundamentos que justifican la decisión que se reclama. En efecto, es posible advertir que aún presenta factores de riesgo asociados a su precoz y versátil experiencia delictual, reincidencia delictual, revocación de libertad condicional, alta vinculación con pares criminógenos y estilo de vida disfuncional; y que solamente ha cursado 2 de los 6 cursos de su Plan de Intervención Individual. Séptimo: En efecto, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista y reseñados en el motivo que antecede, puede concluirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile y en la inteligencia, que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, le permitió concluir que el amparado no es merecedor, por ahora, de la misma. Por lo tanto, en concepto de esta Corte, la Comisión recurrida, no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que señala y, por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de esta determinación haya incurrido en alguna ilegalidad.
Fallo
Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del Decreto Ley N° 321 de 1925, 12 del Decreto N° 338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido por Juan Emiliano Yáñez Parra, en contra la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1247-2024.
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C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Juan Emiliano Yáñez Parra, por medio de formulario manuscrito, quien se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Colina I, e interpone acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber incurrido ést
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