MP C/ MARIO EDUARDO LAGOS TOLEDO
Rol
Fecha
23 de mayo de 2024
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados y teniendo presente esta Corte, que una o más de las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, son suficientes para asegurar los fines del procedimiento, se revoca la resolución apelada de trece de mayo de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de San Antonio, mediante la cual se mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva de MARIO EDUARDO LAGOS TOLEDO y, en su lugar, se declara que se la deja sin efecto. Se da orden de libertad inmediata en favor del imputado MARIO EDUARDO LAGOS TOLEDO, si no estuviere privado de ella, por otra causa. Notifíquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-1477-2024. No firma la Ministra doña Silvana Donoso Ocampo, no obstante haber concurrido a la vista de la causa, por problemas informáticos.
Fallo
se declara que se la deja sin efecto. Se da orden de libertad inmediata en favor del imputado MARIO EDUARDO LAGOS TOLEDO, si no estuviere privado de ella, por otra causa. Notifíquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-1477-2024. No firma la Ministra doña Silvana Donoso Ocampo, no obstante haber concurrido a la vista de la causa, por problemas informáticos.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veintitrés de mayo de dos mil veinticuatro, se da inicio a esta audiencia a las 09:59 horas, ante la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra doña Silvana Donoso Ocampo e integrada por el Ministro Suplente don Rodrigo Cortés Gutiérrez y el Abogado Integrante don Felipe Caballero Brun, p
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