M.P C/ GIOVANNI SEBASTIAN HERNANDEZ RAMOS
Rol
Fecha
23 de mayo de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, lo alegado en estrados aparece que se encuentran justificados en este estadio procesal los presupuestos materiales de las letras a)y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito por el que fue formalizada la investigación. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, este tribunal concluye que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la naturaleza del ilícito, pena asignada, los antecedentes penales pretéritos del imputado y la existencia de una causa vigente al momento de comisión del ilícito, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de catorce de mayo de dos mil veinticuatro, por el Juzgado de Garantía de Melipilla, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de Giovanni Sebastián Hernández Ramos. Devuélvase, vía interconexión. N°2025-2024 Penal
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San Miguel, veintitrés de mayo de dos mil veinticuatro. Sala: Quinta Sala Rol Corte: 2025-2024 Penal Ruc: 2400544185-0 Rit: 1299-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Melipilla Ministro de fe: Diego Muñoz Gaete Ministerio Público: Nicolás Rodríguez Videla Defensor: María Constanza Bravo Stockle Imputado: Giovanni Sebastián Hernández Ramos Tipo de Recurso: Recurso apelación cautelar. Escritos prov
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