CALDERÓN/
Rol
Fecha
22 de mayo de 2024
Materia
INFRACCIÓN LEY SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Estimando que la multa aplicada resulta excesiva en relación con la entidad de la infracción denunciada por la querellante infraccional; que conforme al mérito de la prueba testimonial rendida en autos en relación al daño moral demandado, el monto otorgado resulta desproporcionado con los padecimientos que se dice sufrió el actor; y finalmente, no habiendo sido totalmente vencida la querellada infraccional y demandada civil, no procede condenarla al pago de las costas. Y teniendo además presente lo dispuesto en el artículo 32 de la ley 18.287, SE CONFIRMA la sentencia de fecha veintidós de septiembre de dos mil veintitrés, CON DECLARACIÓN que la multa aplicada a la querellada infraccional se rebaja a la suma de Una Unidad Tributaria Mensual; que la indemnización fijada a título de daño moral otorgada por el Juez A Quo, se rebaja a la suma de $500.000.- y que cada parte deberá pagar sus costas, manteniéndose la sentencia en todo lo demás. Regístrese y devuélvase. N°Policia Local-263-2023 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintidós de mayo de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 10: A lo principal y otrosí: Téngase presente. Vistos: Estimando que la multa aplicada resulta excesiva en relación con la entidad de la infracción denunciada por la querellante infraccional; que conforme al mérito de la prueba testimonial rendida en autos en relación al daño moral demandado, el monto otorgado resu
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