SIN INFORMACION

JIMENEZ PARRA, JOSÉ LUIS/JUZGADO DE GARANTIA DE OVALLE

Rol

Fecha

22 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Eunice Epifani Villalobos, abogada, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de José Luis Jiménez Parra, sentenciado en causa RIT 1605 2023 RUC 2200678038 9 del Juzgado de Garantía de Ovalle, por haber rechazado ese tribunal la solicitud planteada por la defensa del amparado en orden a tener por cumplida la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna que le fuera impuesta. Expone que el actor fue condenado el 6 de octubre del año 2023 a una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo por su responsabilidad como autor de un delito de conducción de vehículo sin licencia debida, ilícito previsto y sancionado en la Ley de Tránsito, encontrándose ejecutoriada la sentencia a partir del 17 de octubre del mismo año. Refiere que al recurrente le fue concedida la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna en modalidad domiciliaria, disponiéndose en la sentencia que el control de dicha sanción fuese realizado por Carabineros de Chile, al no existir factibilidad técnica en el domicilio del sentenciado para efectos del monitoreo telemático. Sostiene que el 18 de octubre de 2023 el actor se presentó en el CRS de Ovalle a fin de iniciar el cumplimiento de su pena, no obstante, la institución no habría registrado esta circunstancia aduciendo la falta de factibilidad para el monitoreo telemático, obviando la modalidad de cumplimiento ordenada por el tribunal. Asevera que, a pesar de lo expuesto, el actor cumplió en forma efectiva la pena sustitutiva por el tiempo ordenado, sin que se haya informado por CRS Ovalle o Carabineros de Chile la existencia de incumplimientos a la reclusión parcial. Relata que, posteriormente en el mes de febrero del presente año, CRS de Ovalle informó al Juzgado de Garantía de Ovalle que el actor no se había presentado a dar cumplimiento a la pena sustitutiva, y expresa que el 14 de mayo pasado se llevó a cabo audiencia para discutir la eventual revocación de la pena sustitutiva en virtud de lo informado por Gendarmería de Chile. Manifiesta que, en dicha oportunidad la defensa hizo presente a la jueza que dirigió la audiencia que el actor cumplió en forma íntegra la pena sustitutiva; que Gendarmería de Chile no registró el inicio de la pena por un error de su personal; y que no han sido informados incumplimientos de parte de las instituciones encargadas de su control, por lo cual solicitó tener por cumplida la pena. Sostiene que aquella petición fue denegada por el tribunal, por considerar que no constaban antecedentes adicionales a los dichos del propio condenado en el sentido de haber cumplido la sanción impuesta, por lo cual dispuso el reingreso del actor al cumplimiento de la pena sustitutiva. Alega que la decisión del tribunal es arbitraria e ilegal toda vez que el órgano jurisdiccional no adoptó ninguna medida para recabar información que acredite los dichos del actor, como pudo ser el envío de oficios a Carabineros de Chile o Gendarmería de Chile, a fin de que

Fallo

fallo a dependencias del CRS de Ovalle para realizar las coordinaciones con la policía que determine esa institución. Prosigue indicando que el 07 de febrero de 2024 se informó por CRS que el condenado no se presentó a cumplir la sanción en el plazo que le correspondía, y refiere que en audiencia de 14 de mayo la defensa del actor pidió tener por cumplida la pena sustitutiva, aduciendo que su representado concurrió oportunamente a C.R.S. de Ovalle, lugar en que se le informó por el encargado de monitoreo telemático que no se había recibido la causa, ni el informe de factibilidad, y que ellos no acostumbran a hacer las coordinaciones con las policías, sino que es el tribunal quien despacha directamente oficio a aquellas para el cumplimiento y control de la pena. Señala que, en subsidio, la defensa pidió que, en el evento de ordenarse el reingreso, se despache oficio directamente por el tribunal al retén de Monte Patria que corresponde para el control de la pena sustitutiva. Manifiesta que, en la misma audiencia, el sentenciado expuso que permaneció sin salir de su domicilio durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023, esperando ser controlado por Carabineros de Chile, y que consultó con esa institución, la cual le señaló que no se había recibido información relativa a su caso. Expresa que el tribunal negó lugar a la solicitud de la defensa en el sentido de tener por cumplida la pena teniendo para ello presente lo informado por CRS de Ovalle en el sentido de qu

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Jiménez Parra, José Luis Juzgado de Garantía de Ovalle Recurso de amparo Rol N°179-2024.- La Serena, veintidós de mayo de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Eunice Epifani Villalobos, abogada, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de José Luis Jiménez Parra, sentenciado en causa RIT 1605 2023 RUC 2200678038 9 del Juzgado de Garantía de Ovalle, por

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