ANONIMIZADO
Rol
Fecha
22 de mayo de 2024
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la resolución en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos quinto a décimo, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: PRIMERO: Que fecha 01 de marzo del año 2023, el alimentante don CAMILO, opuso la excepción de prescripción extintiva de la acción destinada a obtener el cobro judicial de las pensiones alimenticias desde septiembre de año 2013 al 01 de marzo del año 2020. Refiere que, a falta de regla especial y constando la obligación de pagar las pensiones en un título ejecutivo el plazo para la prescripción es el de tres años establecido en el artículo 2515 del Código Civil. Finaliza solicitando...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintidós de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la resolución en alzada, con excepción de sus fundamentos quinto a décimo, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: PRIMERO: Que fecha 01 de marzo del año 2023, el alimentante don CAMILO, opuso la excepción de prescripción extintiva de la acción destinada a obtener el cobro judicial de las
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