SIN INFORMACION

BANCO DEL ESTADO DE CHILE/LÓPEZ GANORA MIREYA

Rol

Fecha

22 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que Carlos Corro Calderón, abogado, en representación del Banco del Estado de Chile, recurre de hecho en contra de resolución de 5 de febrero de 2024, dictada por el Juzgado de Policía Local de Quinta Normal, en causa rol 30.189-5-2023, que no hizo lugar a recurso de apelación interpuesto y la tuvo por no presentada. Funda su recurso indicando que, en los autos en que incide el presente recurso y, no habiendo fecha para la audiencia de contestación, conciliación y prueba, el 24 de noviembre reitera petición de día y hora para el comparendo, ordenando el tribunal estarse al mérito de autos, habiendo archivado los antecedentes conforme lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 18.287, por lo que recurrió de reposición con apelación subsidiaria y apelación directa. Hace presente que el escrito referido fue presentado por habilitada en derecho con poder delegado, y que, sin perjuicio de lo anterior, el tribunal dicta resolución de 5 de febrero que, conforme lo dispuesto en el artículo 18 inciso 3 de la Ley 18.287 y, atendido el tiempo transcurrido, no cumpliendo con lo ordenado, hace efectivo apercibimiento de la Ley 18.120 y lo tiene por no presentado. Alega haber dado cumplimiento a lo ordenado por el tribunal recurrido por lo que, habiendo sido interpuesta la apelación dentro de plazo y cumpliendo con todos los requisitos legales, debió ser declarada admisible, pidiendo se eleven los antecedentes ante esta Corte para su vista y fallo. Segundo: Que informó Carmen Urrejola Morales, jueza titular del Juzgado de Policía Local de Quinta Normal, quien refirió que el presente recurso incide en causa ingresada el 27 de enero de 2023, correspondiente a acción especial de ley 20.009. Refiere que el abogado patrocinante delega poder en habilitada en derecho, quien acredita en ese mismo acto y día tal calidad, lo que consta el 26 de mayo 2023 y pide por tercera vez suspensión de comparendo de conciliación y prueba, ordenando el tribunal el archivo de la causa, conforme lo dispuesto en el artículo 9 inciso cuarto de la Ley 18 287. Agrega que, con posterioridad, fue solicitado dos veces el desarchivo y la fijación de nueva audiencia, a través de escritos de 19 de junio y 24 de noviembre, negando el tribunal a las peticiones, atendido el archivo de los antecedentes. En cuanto al recurso, destaca que el 2 de enero de 2024, fue delegado el poder a habilitada en derecho, ordenando el tribunal, para proveer, la acreditación correspondiente, interponiendo dicha compareciente reposición con apelación subsidiaria, reiterando el apercibimiento el 5 de enero e invocando lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 18.120, presentando el recurrente, al 24 de enero escrito que aclara solicitud y no hace mención de lo requerido por el tribunal, el que fue reiterado el 29 de enero, por lo que el 5 de febrero se hizo efectivo el apercibimiento, atendido el tiempo transcurrido, no habiéndose acreditado la habilitación en derecho, precisando que dicha cir

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido por el abogado Carlos Corro Calderón, en representación del Banco del Estado de Chile, en contra de la resolución de 5 de febrero del presente, que tuvo por no presentado recurso de apelación subsidiario interpuesto el 2 de enero del mismo año. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Policia Local-510-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: Primero: Que Carlos Corro Calderón, abogado, en representación del Banco del Estado de Chile, recurre de hecho en contra de resolución de 5 de febrero de 2024, dictada por el Juzgado de Policía Local de Quinta Normal, en causa rol 30.189-5-2023, que no hizo lugar a recurso de apelación interpuesto y la tu

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