JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PUERTO NATALES

WIEMBERG/PALMA

Rol

Fecha

22 de mayo de 2024

Materia

SERVIDUMBRE LEGALES

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el demandado ha interpuesto recurso de apelación subsidiario del recurso de reposición contra la resolución que recibió la causa a prueba, solicitando agregar el punto de prueba que indica. SEGUNDO: Que atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por las partes en sus escritos presentados en la etapa de discusión de este proceso, se estima que los puntos de prueba fijados por el juez a quo son comprensivos de la controversia promovida en autos. TERCERO: Que, por lo demás la documental acompañada en esta instancia a folio 5 en nada altera lo ya resuelto, debido a que aquellos dicen relación mas bien con la excepción opuesta en su oportunidad por el recurrente la que fue rechazada y se encuentra firme y ejecutoriada. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil SE CONFIRMA, la resolución apelada de uno de febrero del año en curso, rolante a folio 26. Redacción de la abogada integrante Sintia Orellana Yévenes. Se deja constancia que no firma la Ministra doña María Isabel San Martín Morales, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo, por encontrarse haciendo uso de feriado legal. Devuélvanse. Rol N° 178-2024. Civil.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil SE CONFIRMA, la resolución apelada de uno de febrero del año en curso, rolante a folio 26. Redacción de la abogada integrante Sintia Orellana Yévenes. Se deja constancia que no firma la Ministra doña María Isabel San Martín Morales, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo, por encontrarse haciendo uso de feriado legal. Devuélvanse. Rol N° 178-2024. Civil.

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, veintidós de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el demandado ha interpuesto recurso de apelación subsidiario del recurso de reposición contra la resolución que recibió la causa a prueba, solicitando agregar el punto de prueba que indica. SEGUNDO: Que atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por las partes en sus escritos presen

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