ERNESTO SEGUNDO SANHUEZA TOLEDO/PREFECTURA DE CARABINEROS ARAUCO N°19
Rol
Fecha
22 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA, SIN COSTAS
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: 1º.- En estos antecedentes del ingreso Corte Protección, Rol 2048-2024, comparece Claudio Marcelo Morales Cruz, abogado, domiciliado en Avenida Cayumanqui 570, segundo piso oficina uno, comuna de Quillón, en nombre y representación de Ernesto Segundo Sanhueza Toledo, funcionario público, con domicilio en camino a Nonguén número 973, pasaje 1, casa 13, comuna de Concepción, deduce acción de protección constitucional en contra de la Prefectura Arauco de Carabineros, representada legalmente por el prefecto subrogante, Teniente Coronel Rodrigo Gaete Silva, ambos con domicilio en calle Cornelio Saavedra N° 780, comuna de Lebu. En síntesis, señala que el 16 de noviembre del año 2004 su representado ingresó a Carabineros de Chile, prestando sus servicios actualmente en la dotación de la Tenencia de Carabineros de Contulmo, dependiente de la Tercera Comisaria de Cañete, la que a su vez depende de la prefectura de Arauco N° 19, teniendo una carrera intachable de 19 años y meses de servicio. Agrega que su representado es soltero, sin perjuicio, de que hace años (8 años) convive con su pareja, madre de sus dos hijos Martin Ignacio y Agustina María, ambos de apellido Sanhueza González de 5 años y 1 año respectivamente. Explica que el 9 de enero del presente, su representado fue notificado a través del jefe de Tenencia subrogante de la Tenencia de Contulmo, del Contenido de la orden de traslado N° 01 de fecha 5 de enero de 2024, del departamento P.N.I.P.2, inserta en el Boletín N° 5099 de fecha 08 de enero del presente, en el que se dispone su traslado al destacamento de la Quinta Comisaria de Carabineros de la Ciudad y comuna de Viña del Mar, dependiente de la Prefectura N° 8 de la Vta. Zona de Carabineros de Valparaíso, lo que motivó un recurso de reconsideración a dicha resolución, argumentando su intención siempre fue y será estar cerca a su familia y sus hijos, por lo mismo, es que manifestó en su oportunidad, ante la situación de la nueva Subcomisaria de Talcahuano, documento que llego a la Tenencia de Contulmo, donde necesitaban llenar las plazas disponibles para poner en operaciones dicha Subcomisaria, con personal voluntario, así el manifestó su intención de ser trasladado, a dicha Subcomisaria y comuna, por razones de distancia y cercanía con su familia y sus hijos, ya que es dable mencionar, que su representado viaja todos los días salvo aquellos donde pernocta en dependencias de la Tenencia, en caso de turnos, desde la ciudad y comuna de Concepción donde tiene su domicilio. Por lo anterior, es que su representado manifestó su intención de ser trasladado a dicha comuna y subcomisaria, considerando que dicho traslado era mejor para él y su familia, ya que estaría más tiempo con ellos y no tendría que trasladarse como lo hace hasta ahora, y que significaría una mejor vida familiar, especialmente para su hijo, y su padre adulto mayor, quien padece de una serie de enfermedades entre ellas cáncer, y que por lo mismo, requiere estar cerca
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto a favor y en representación de Ernesto Segundo Sanhueza Toledo en contra de la Prefectura Arauco de Carabineros. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se deja constancia que se hizo uso de la facultad que confiere el artículo 82 del Código Orgánico de Tribunales. Redactada por el abogado integrante Marcelo Matus Fuentes. No firma la ministra señora Nancy Bluck Bahamondes, por presentar problemas de conexión a fin de estampar su firma electrónica avanzada. Rol N°2048-2024 - Protección.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, veintidós de mayo de dos mil veinticuatro. Visto y considerando: 1º.- En estos antecedentes del ingreso Corte Protección, Rol 2048-2024, comparece Claudio Marcelo Morales Cruz, abogado, domiciliado en Avenida Cayumanqui 570, segundo piso oficina uno, comuna de Quillón, en nombre y representación de Ernesto Segundo Sanhueza Toledo, funcionario público, con domicilio
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