SIN INFORMACION

PERDOMO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

15 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece Juan Eduardo Guzmán Zúñiga, abogado domiciliado en Avenida Grecia N°2032, piso 3° de Antofagasta, en favor de don Andrés Perdomo Cabrera, colombiano, cédula de identidad colombiana N°1.075.285.902, pasaporte N°AV279930 domiciliado en Campamento Vista Hermosa casa B66 de Antofagasta, quien deduce recurso de reclamación judicial establecido en el artículo 141 de la ley 21.325, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, ambos domiciliados en San Antonio N°580 Santiago, por haber dictado la Resolución Exenta N°6496 de fecha 16 de febrero de 2024 notificada con fecha 25 de abril de 2024, por medio de la cual dispuso la expulsión del reclamante del territorio nacional además de una prohibición de veinticinco años, solicitando en definitiva, se deje sin efecto la resolución recurrida. Informa la recurrida, solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su recurso señalando que por Resolución Exenta N°6496 de fecha 16 de febrero de 2024 se ordenó la expulsión del reclamante, procedimiento iniciado por Resolución Exenta N°117.929 de 30 de diciembre de 2022 del Servicio Nacional de Migraciones, que rechazó la solicitud de residencia temporal y dispuso el abandono del país dentro de 5 días por registrar una condena en su país de origen por el delito de hurto calificado. Refiere que por comunicación electrónica N°3.150.643, de fecha 16 de enero de 2024 de la policía de Investigaciones de Chile, se informó al Servicio Nacional de Migraciones que el actor no registra salidas del país posteriores a fecha de la resolución que dispuso su abandono, incumpliendo dicha medida. Añade que en virtud de haber incumplido lo establecido en el artículo 132 de la ley 21.325, el reclamante fue notificado con fecha 10 de noviembre de 2023, del inicio del procedimiento sancionatorio en su contra, otorgándole un plazo de 10 días hábiles para realizar sus descargos, pero debido al nacimiento de su hija el 17 de noviembre de 2023 no pudo realizar sus descargos por que no podía dejar sola a la madre con su hija, dado que aún se estaba recuperando del parto. Expresa que el reclamante es padre de la niña Lía Perdomo Candela, chilena, que recientemente cumplió 6 meses de edad. Añade que el actor ingresó a Chile de forma regular en fecha 7 de octubre del año 2019 y con fecha de 14 de octubre del mismo año fue contratado como ayudante a través de un contrato de trabajo en la empresa Accesoria, Proyectos e Innovación Limitada, asimismo, el recurrente con fecha de 10 de agosto de 2021, a través del Centro Técnico Indura de Antofagasta, obtuvo su certificado de Técnico en Soldadura Semiautomático Tubular; y en año 2023 obtuvo su segundo Certificado Calificación De Soldador. Refiere que el recurrente actualmente vive junto con su pareja Darling Candela Vellaisac quien tiene la residencia temporal y la hija de ambos, Lía Perdomo Candela de 6 meses y nacionalidad chilena, en la ciudad de Antofagasta, habiéndose insertado en la comunidad chilena con arraigo familiar, social y laboral, añadiendo que el reclamante eligió a Chile como el país para llevar a cabo su proyecto migratorio y de vida, dada las posibilidades de trabajo y de seguridad que ofrece. Destaca que no mantiene el actor infracciones migratorias, salvo el presente procedimiento, y respecto a sus antecedentes penales, éstos se encuentran sin anotaciones en Chile, salvo el delito de hurto en su país de origen, el que fue sancionado y cumplido con creces, en tiempo y forma; agregando que con posterioridad a la condena cumplida en su país de origen, el reclamante no presentó nuevos antecedentes penales, habiéndose dedicado a formar una familia y realizar el oficio indicado para solventar a la misma. Agrega que, a nivel económico, actualmente trabaja de manera regular con un contrato indefinido desde 14 de octubre del año 2019 hasta la fecha

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 141 de la Ley N°21.325, SE RECHAZA, el reclamo deducido por Juan Guzmán Zúñiga, abogado, en favor de Andrés Felipe Perdomo Cabrera, en contra de la Resolución Exenta N°6496 de fecha 16 de febrero de 2024, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y comuníquese. Rol 52-2024 (CONT. ADM.)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, quince de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece Juan Eduardo Guzmán Zúñiga, abogado domiciliado en Avenida Grecia N°2032, piso 3° de Antofagasta, en favor de don Andrés Perdomo Cabrera, colombiano, cédula de identidad colombiana N°1.075.285.902, pasaporte N°AV279930 domiciliado en Campamento Vista Hermosa casa B66 de Antofagasta, quien deduce recurso de reclamación judicial

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica