SIN INFORMACION

PRADO SILVA MARCO ANTONIO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

15 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Primero: Que comparece Marco Antonio Prado Silva, privado de libertad en el Centro de Educación y Trabajo (CET), e interpone acción de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Ilustrísima Corte que rechazó el mencionado beneficio. Segundo: Que evacuando informe, la Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, doña Sandra Araya Naranjo, expuso que por unanimidad se rechazó la concesión del beneficio, citando la Resolución impugnada la cual establece que los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, dan cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado, agregando que: “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante es un interno de mediano compromiso delictual y riesgo de reincidencia. Reconoce su participación delictual, justificando su conducta, aludiendo que el contexto familiar promovía este tipo de comportamientos, además de su afán de poseer mayores ingresos económicos. No logra identificar a las víctimas de su delito, percibiendo por el momento sólo pérdidas personales por sobre el daño causado. Presenta moderada capacidad para identificar los factores de riesgo que influyeron en su conducta delictiva y aquellos que eventualmente podrían perjudicar su proceso de reinserción. Aún es ambivalente el reconocimiento de factores que le permitan un alejamiento de conductas ilícitas.”. Tercero: Que de los antecedentes acompañados, aparece que el amparado tiene 41 años de edad, de mediano compromiso delictual, cumple dos penas de 3 años y un día por dos delitos de porte ilegal de arma de fuego, y de 5 años y un día por un delito de tráfico ilícito de drogas, proyecta fecha de término para el día 22 de junio de 2026 y cumple con las exigencias de tiempo mínimo desde el 22 de octubre de 2022. Goza de los beneficios de salida dominical desde el 25 de diciembre de

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso interpuesto en favor de Marco Antonio Prado Silva, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese, si no se apelare. N°Amparo-1156-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, quince de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: Primero: Que comparece Marco Antonio Prado Silva, privado de libertad en el Centro de Educación y Trabajo (CET), e interpone acción de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Ilustrísima Corte que rechazó el mencionado beneficio. Segundo: Que evacuando informe, la Presidente de la Comisión de Liber

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