SIN INFORMACION

JEAN/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

15 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Con fecha 19 de abril del año 2024, comparece el habilitado en Derecho don Emmanuel Bien-Aime, en favor de Fritzner Jean, cédula de identidad para extranjeros N°25.907.866-0, de nacionalidad haitiana y domiciliado en pasaje Santa Lucilla de Marillac N°414, comuna de Rengo, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por Luis Thayer Correa, con domicilio en San Antonio N°580, Santiago, por la omisión ilegal y arbitraria en emisión de resolución exenta que pone fin al procedimiento administrativo aprobando o rechazando la solicitud de residencia definitiva. Funda su recurso en que el recurrente ingresó a Chile en calidad de turista y estando dentro del país decidió cambiar su condición migratoria por visa de residente temporario, con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. Agrega que el actor solicitó el beneficio de residencia definitiva con fecha de 30 de marzo 2021, sin que hasta la fecha tenga una respuesta por parte del Servicio Nacional de Migraciones respecto de su solicitud. Indica que el incumplimiento del Servicio le ha generado al actor preocupaciones, incertidumbre e intranquilidad y que, otras personas en la misma condición que el recurrente, han recibido la solicitud del pago de derecho o la resolución que les otorgan la Residencia Definitiva en menos tiempo. Señala que esta omisión afecta el derecho a la igualdad ante la ley, consagrado en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República y garantizado por el recurso de protección y que, al no resolverse dicha solicitud, se atenta contra los artículos 4, 7, 8, 14 y 27 de la Ley 19.880 sobre Bases del Procedimiento Administrativo. Cita jurisprudencia y finaliza solicitando que se acoja su acción y en virtud de ello, se le ordene al Servicio recurrido resolver la solicitud de residencia definitiva presentada por el actor en un pl

Fallo

por tanto el Servicio Nacional de Migraciones el único obligado a emitir tal pronunciamiento, se rechazará tal alegación. II. En cuanto al fondo: 3° Que, se reprocha la excesiva dilación del procedimiento administrativo de solicitud de permanencia definitiva iniciada por el recurrente el 30 de marzo de 2021, por cuanto hasta la fecha de interposición de la presente acción constitucional de protección, tal solicitud no habría sido resuelta por la autoridad administrativa. 4° Que, la recurrida requirió el rechazo del recurso atendido que el recurrente ingresó dos solicitudes de permanencia definitiva, la primera el 25 de septiembre de 2020 y, la segunda, el 30 de marzo de 2021, siendo esta última archivada, manteniendo en tramitación la más antigua, la que se encuentra en la etapa de resolución, por lo que no hay afectación a garantías constitucionales ya que cuenta con permanencia regular en Chile, mientras se encuentre en tramitación la petición de permanencia definitiva. 5° Que, el recurrente inició la solicitud de permanencia definitiva el día 25 de septiembre de 2020, lo que reitera el recurrido en su informe. Sin perjuicio de ello, con un nuevo análisis de la normativa legal vigente en materia de migración y de la problemática planteada tanto en este recurso como en otros de similar naturaleza, esta Corte procederá a rechazar la presente acción de protección, al evidenciar que la tardanza reclamada no produce una afectación sustancial de los derechos constitucionales d

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, quince de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: Con fecha 19 de abril del año 2024, comparece el habilitado en Derecho don Emmanuel Bien-Aime, en favor de Fritzner Jean, cédula de identidad para extranjeros N°25.907.866-0, de nacionalidad haitiana y domiciliado en pasaje Santa Lucilla de Marillac N°414, comuna de Rengo, deduciendo recurso de protección en contra del Ser

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