SEGUEL TAPIA RAUL ANTONIO / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
15 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que mediante formulario, comparece Raúl Antonio Seguel Tapia, recluido en el Centro de Educación y Trabajo CET, por el rechazo de su postulación al beneficio de la libertad condicional. SEGUNDO: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su presidenta, ministra señora Sandra Araya Naranjo, quien señaló que el amparado fue postulado al beneficio de libertad condicional y que mediante resolución de fecha veintiséis de abril pasado, por unanimidad de sus miembros, la Comisión rechazó la concesión del beneficio correspondiente al primer semestre de ese año. Hace presente que, “que si bien el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio, además de mantener conducta intachable durante los bimestres exigidos para postular, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley citado, sin embargo, la misma documentación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado”. Precisa que, entre los documentos analizados por la Comisión, fue posible advertir “interno de alto compromiso delictual y mediano riesgo de reincidencia registrando necesidades criminógenas de intervención en las áreas pares utilización de tiempo libre familia y pareja. No logra adherir de manera permanente en instituciones convencionales, desvalorizando las actividades de índole prosocial, panorama observado a lo largo de su vida. Desde junio del año 2022 es parte del programa de privados de libertad manteniendo un plan de intervención vigente donde registra una sola participación en talleres sugeridos existiendo elementos pendientes que abordar. Hace uso de Beneficios intrapenitenciarios y se visualizan cambios positivos, siendo importante que continúe en su plan y en el uso de los beneficios. Los aspectos antes mencionados, confrontados con la evaluación psicosocial correspondiente a s
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del Decreto Ley N° 321 de 1925, 12 del Decreto N° 338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Raúl Antonio Seguel Tapia en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Amparo 1159-2024 Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señor José Pablo Rodríguez Moreno, la Fiscal Judicial señora Ana María Hernandez Medina y la Abogada Integrante señora Claudia Candiani Vidal. En Santiago, quince de mayo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, quince de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que mediante formulario, comparece Raúl Antonio Seguel Tapia, recluido en el Centro de Educación y Trabajo CET, por el rechazo de su postulación al beneficio de la libertad condicional. SEGUNDO: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su presidenta, ministra señora Sandra
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