EN FAVOR DE RODRIGO RIQUELME/SEREMI DE JUSTICIA
Rol
Fecha
15 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Con fecha 5 de mayo del presente año, comparece Valeska Alejandra Orellana Córdova, Abogada, Defensora Penal Privada, y recurre de amparo en favor de don Rodrigo Javier Riquelme Bustos, cédula nacional de identidad N° 13.885.332-2, por actos arbitrarios tanto de Gendarmería de Chile, en específico de la Jefa del Complejo Penitenciario de Rancagua, y de la Secretaría Regional Ministerial de Justicia, ya que se encontraría injusta e ilegalmente privado de libertad, solicitando que a través de esta acción se ordene la inmediata libertad del amparado. Relata que el amparado cumple la condena de 7 años de presidio mayor en su grado mínimo, como autor del delito de robo con intimidación, impuesta por el 3° Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT:7275-2017, la que inició el 1 de noviembre de 2017. Añade que en 5 oportunidades ha sido calificado en lista sobresaliente, y que, a consecuencia de ello, ha sido beneficiado con meses de reducción de condena, debiendo tenerse por cumplida el 1 de mayo, lo que no se ha materializado, desde que Gendarmería debió enviar con antelación los antecedentes a la Seremi de Justicia Regional del Libertador Bernardo O´Higgins y ésta a su vez al Ministerio de Justicia para la elaboración del Decreto Supremo respectivo, según el procedimiento señalado en la ley 19.856, situación que en la especie y a la fecha de presentación del presente recurso no ha ocurrido. A folio 3 comparece la Dirección Regional de Gendarmería de Chile informando que de acuerdo a sus registros, a través de Oficio Reservado N°06.023.01/29/24 de fecha 18 de enero de 2024, se remitieron todos los antecedentes del interno condenado RODRIGO JAVIER RIQUELME BUSTOS a la Secretaría Regional Ministerial de Justicia del Libertador General Bernardo O ́Higgins, a fin de ser evaluados cada uno de estos documentos, con el propósito de ser evaluada la solicitud del beneficio de reducción de condena, por lo que estima ha actuado conforme lo señala la ley, con la finalida
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1° Que, la acción constitucional de amparo, conforme lo señala el artículo 21 de la Constitución Política de la República, procede respecto de quien se encuentra arrestado, detenido o preso, o que sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal o seguridad individual, con infracción de las normas constitucionales o de las leyes, a fin de que la magistratura ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. 2° Que, en el presente caso, de conformidad a la parte expositiva de esta sentencia, si bien se recurre en contra del actuar tanto de Gendarmería de Chile como de la Secretaría Regional Ministerial de Justicia, lo cierto es que don Jaime Gajardo Falcón, Subsecretario de Justicia, ha informado que el condenado ya obtuvo su libertad el día 10 de mayo del presente año, al haberse dictado el Decreto Supremo N° 1075 que otorga el beneficio de reducción de condena al amparado, por lo que el recurso ha perdido oportunidad dado que no existe ninguna otra medida que esta Corte pueda adoptar en favor del amparado, dado que éste ya se encuentra en libertad de conformidad con la Ley 19.856. Por lo anterior y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y
Fallo
Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor del condenado Rodrigo Javier Riquelme Bustos, por haber perdido oportunidad. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol Corte 172-2024 Amparo. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos para ser anonimizada, de acuerdo a lo dispuesto en el Acta 44-2020 de la Excma. Corte Suprema.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua. Rancagua, quince de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: Con fecha 5 de mayo del presente año, comparece Valeska Alejandra Orellana Córdova, Abogada, Defensora Penal Privada, y recurre de amparo en favor de don Rodrigo Javier Riquelme Bustos, cédula nacional de identidad N° 13.885.332-2, por actos arbitrarios tanto de Gendarmería de Chile, en específico de la Jefa del Complejo
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