SIN INFORMACION

TERESA DEL CARMEN OSORIO NAVARRO Y OTRAS/GENDARMERÍA DIRECCIÓN NACIONAL

Rol

Fecha

15 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Carla Fernández Montero, abogada, interpone recurso de amparo en favor de (1) Teresa del Carmen Osorio Navarro, (2) Rosa Humilde Ramos Hernández, (3) Ema Verónica Ceballos Núñez, (4) María Gabriela Órdenes Montecinos, (5) Palmira Isabel Almuna Guzmán, (6) Silvia Teresa Oyarce Pinto, (7) Elisa Magna Astudillo, (8) Teresa Navarro Navarro, (9) Luisa Durandin Villaseca, (10) Berta Jiménez Escobar, (11) Orfa Yolanda Saavedra Vásquez, (12) Gladys Calderón Carreño, (13) Viviana Lucinda Ugarte Sandoval, (14) Celinda Aspe Rojas y (15) María Angélica Guerrero Soto, todas internas privadas de libertad en el Centro Penitenciario Femenino de San Joaquín, en contra de Gendarmería de Chile, representada por su Director Nacional don Sebastián Urra Palma, por aplicar restricciones a su régimen de visitas, vulnerando el derecho constitucional a la libertad personal y seguridad individual establecido en el artículo 19 N°7 en relación con el artículo 1° de la Constitución Política de la República. Señala que el CPF de San Joaquín es un establecimiento penal femenino, que alberga a distintas condenadas por diversos delitos comunes, pero, además, hospeda a 15 condenadas por causas de DDHH, y que de acuerdo a la Ley N° 19.828 (Ley SENAMA) son adultas mayores de la tercera edad, cuyo promedio de edad es 75 años, todas con enfermedades de base y muchas, con patologías graves, incluso cánceres avanzados. Relata que el 10 de abril pasado se les informó a las amparadas, de modo verbal, que se aplicaría un nuevo régimen de visitas el cual consiste en eliminar el día lunes, y mantener sólo el día domingo, pero en un horario restringido, de 9:00 horas a 12:00 horas y de 14:00 a 17:00 horas, debiendo las visitas hacer abandono del recinto del penal antes de las 12:00 horas para volver a entrar a las 14:00 horas, lo que en la práctica, y por la ubicación del penal, ha significado que las visitas duren sólo 3 horas a la semana. Igualmente se les señaló

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ambos de la Constitución Política de la República, se acoge el recurso de amparo deducido en estos autos y se resuelve que se dejan sin efecto las decisiones de Gendarmería respecto de la Sección Esperanza (lesa humanidad) del recinto CPF Santiago reclamadas en el presente recurso, debiendo restablecerse de inmediato las condiciones de las visitas de las internas en los términos que se habían mantenido hasta antes de disponerse las modificaciones que por el presente fallo se suprimen. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°321-2024 Amparo

Texto Completo (Preview)

CERTIFICO: Que se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso la abogada señora Carla Fernández. San Miguel, 15 de mayo de 2024. Javier Marchant Cabezas, Relator. San Miguel, quince de mayo de dos mil veinticuatro. Al escrito de folio 11: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Carla Fernández Montero, abogada, interpone recurso de amparo en favor de (1) Teresa del C

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