ZAMORANO AGUILERA JAIME RICHARD/ COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
15 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Jaime Zamorano Munizaga, en representación de Jaime Zamorano Aguilera, privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, interponiendo acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la dictación de la resolución de abril del año 2024, que rechazó la postulación del amparado a dicho beneficio penitenciario, solicitando que se acoja el presente recurso y se deje sin efecto la mencionada solicitud, otorgando derechamente al amparado el beneficio de la libertad condicional. Segundo: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su Presidenta, Ministra señora Sandra Araya Naranjo, indicando que mediante resolución de fecha 26 de abril del año 2024, por unanimidad de sus miembros, se rechazó la concesión del beneficio. Explica que, al revisar los antecedentes del interno, contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, la Comisión estimó que, aun cuando el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio, manteniendo una conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N.º 321, lo cierto es que la documentación aparejada a su formulario de postulación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle dicho beneficio. Al respecto, consigna que el amparado: “(…) Es evaluado con un riesgo de reincidencia general en nivel alto. Requiere de la adquisición de habilidades y herramientas para trabajar sus experiencias vividas, debido a que actualmente no se evidencia una conciencia real de la gravedad de sus actos, del daño y el mal causado, manteniendo una tendencia a la justificación y minimización. No se observa que posea adecuadas herramientas para una integración adaptativa a la sociedad”. Por consiguiente, señala que la Co
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por rechazar la libertad condicional del amparado tienen relación con que éste aun presenta riesgo de reincidencia alto, identificándose factores que aún requieren intervención, por lo que su cumpliendo de la condena en libertad condicional representa una situación del alto riesgo. Séptimo: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la Comisión recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley 321, modificado por la Ley N° 21.124, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el amparado, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en ella se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importa formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones. Octavo: Que, de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la resolución aludida ni menos que esta vulnere la garantía de la libertad personal del amparado.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso interpuesto en favor de Jaime Richard Zamorano Aguilera, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1133-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, quince de mayo de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Jaime Zamorano Munizaga, en representación de Jaime Zamorano Aguilera, privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, interponiendo acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la dictación de la resolución de abril d
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