Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Concepción

CHÁVEZ/TEOMA CHILE SPA

Rol

C-497-2022

Fecha

23 de enero de 2023

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: 1°.- Que, con fecha 10 de enero de 2023 comparece el ejecutado manifestando que las cotizaciones de la trabajadora Grace Chávez Jiménez se encuentran pagadas, por lo que solicita se tenga por convalidado el despido con fecha 26 de septiembre de 2023; 2°.- Que, habiéndose conferido traslado, aquel fue evacuado por la contraria, señalando que si bien es cierto el pago se habría efectuado con fecha 26 de septiembre, la comunicación se habría enviado el 27 de octubre de 2022. Expresa que su representada nunca recibió la comunicación por cuanto el domicilio al cual se envió la carta es erróneo; 3°.- Que, la presente causa tiene su origen en sentencia dictada con fecha 22 de agosto de 2022, por el Juzgado del Trabajo de Concepción, que aplica la sanción contemplada en el artículo 162 del Código del Trabajo, por cuanto no se han pagado las siguientes cotizaciones de seguridad social: Cotizaciones en AFP MODELO: correspondientes los meses de marzo y abril de 2022 por la suma de $829.862 y mayo de 2022 por el proporcional a los cinco días trabajados por $138.310; las cuales deberán enterarse en AFP MODELO; Cotizaciones de SALUD en FONASA: correspondientes los meses de marzo y abril de 2022 por la suma de $829.862 y mayo de 2022 por el proporcional a los cinco días trabajados por $138.310; las cuales deberán enterarse en FONASA; y Cotizaciones en AFC CHILE: correspondientes los meses de marzo y abril de 2022 por la suma de $829.862 y mayo de 2022 por el proporcional a los cinco días trabajados por $138.310; 4°.- Que, en consecuencia, atento lo dispuesto en el artículo 162 inciso 6 del Código del Trabajo, el ejecutado para proceder a la convalidación del despido debía pagar las imposiciones morosas del trabajador de marzo, abril y mayo de 2020, y comunicar dicho pago mediante carta certificada; 5°.- Que, el ejecutado acompaño prueba documental de: a) Certificado de pagos de cotizaciones previsionales de la trabajadora Grace del Carmen Chávez Jimenez, de fecha 28 de sept

Fallo

se resuelve: Se hace lugar a la convalidación del despido, declarándose como fecha de cese del pago de remuneraciones por convalidación, 27 de octubre de 2022, sin costas por no haber sido totalmente vencido. Practíquese nueva liquidación sirviendo como base lo resuelto. RIT: C-497-2022 RUC: 22-4-0422582-4 Proveyó el Juez del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Concepción a veintitrés de enero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: GZSXXDCJXEJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-23T18:02:09-0300

Texto Completo (Preview)

Concepción, veintitrés de enero de dos mil veintitrés. Resolviendo derechamente el incidente promovido: Visto: 1°.- Que, con fecha 10 de enero de 2023 comparece el ejecutado manifestando que las cotizaciones de la trabajadora Grace Chávez Jiménez se encuentran pagadas, por lo que solicita se tenga por convalidado el despido con fecha 26 de septiembre de 2023; 2°.- Que, habiéndose conferido trasla

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