3ER JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

PANTOJA/FISCO DE CHILE-CDE-MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

Rol

Fecha

23 de mayo de 2024

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Sandra Dagnino Urrutia, en contra de la resolución de fecha diecinueve de abril de dos mil veinticuatro, escrita a folio 144 en el cuaderno principal, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Civil-784-2024.(pjr)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Sandra Dagnino Urrutia, en contra de la resolución de fecha diecinueve de abril de dos mil veinticuatro, escrita a folio 144 en el cuaderno principal, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Civil-784-2024.(pjr)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintitrés de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Sandra Dagnino Urrutia, en contra de la resolución de fecha diecinueve de abril de dos mil veinticuatro, escrita a folio

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