ANONIMIZADO
Rol
Fecha
14 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Estimando el tribunal que la denunciante tuvo motivo plausible para denunciar, se le eximirá del pago de costas. Y de conformidad con el artículo 67 N° 2 de la ley 19968, SE REVOCA, en lo apelado y sin costas del recurso, la sentencia definitiva de dieciocho de marzo de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Familia de Coronel, en los autos RIT F-468-2023, solo en cuanto por su punto II resolutivo impuso el pago de costas a la denunciante y, en su lugar se decide que se le exime a ésta del pago de costas de la causa. Regístrese y devuélvase. Redactó el ministro señor Gonzalo Rojas Monje. N°Familia-356-2024.
Fallo
se decide que se le exime a ésta del pago de costas de la causa. Regístrese y devuélvase. Redactó el ministro señor Gonzalo Rojas Monje. N°Familia-356-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción DOO/shp Concepción, catorce de mayo de dos mil veinticuatro. VISTO: Estimando el tribunal que la denunciante tuvo motivo plausible para denunciar, se le eximirá del pago de costas. Y de conformidad con el artículo 67 N° 2 de la ley 19968, SE REVOCA, en lo apelado y sin costas del recurso, la sentencia definitiva de dieciocho de marzo de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzga
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica