/DEVAUD
Rol
Fecha
14 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Con fecha 7 de mayo de 2024, comparece don Aldo Basquee Cid, abogado, deduciendo recurso de amparo en favor de Víctor Reyes Reyes, imputado y actualmente privado de libertad en autos RIT 606-2024, del Juzgado de Garantía de Coyhaique, en contra del Juez don Mario Devaud Ojeda, por la dictación de la resolución de 30 de abril de 2024, por la que rechaza la solicitud de la modificación de la medida de prisión preventiva por un arresto domiciliario nocturno en la comuna de Río Ibáñez, solicitando, en definitiva, que se rectifique dicha resolución y se ordene dar ha lugar a dicha solicitud, esto con el fin de que se reestablezca el imperio del Derecho. Con fecha 9 de mayo de 2024, se tuvo presente lo informado por el Juez (S) don Juan Patricio Silva Pedreros; y se trajeron los autos en relación. Con fecha 13 de mayo de 2024, en la vista de la causa, sólo alegó en estrado don Miguel Riquelme Cortés solicitando el rechazo del recurso de amparo, quedando la presente causa en estado de acuerdo, con esa misma fecha. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el recurrente, fundamenta su recurso señalando que, el amparado se encuentra en prisión preventiva desde el día 19 de marzo de 2024, acusado por el delito de femicidio frustrado, hecho ocurrido en contra de su conviviente y que se requirió la revisión de medida cautelar, en relación con los nuevos antecedentes existentes en la carpeta investigativa y que dejan en claro los hechos denunciados por la víctima serian falsos. Transcribe los argumentos de la defensa expuestos en audiencia de fecha 30 de abril de 2024: a) En su primera declaración de la víctima, al señalar que su representado llegó al domicilio de calle divisadero 776, Coyhaique, a visitar al hijo que mantienen en común. antecedente falso, ya que ella misma declara en el informe número 70, de fecha 19 de marzo de 2024, que prepararon los funcionarios policiales, en los cuales reconoce que en dicho domicilio vive hace cuatro años con el imputado de autos. b) En su primera declaración, declara que su representado ingresó a la casa mediante la ruptura de un vidrio de la puerta, antecedente igual falso, ya que en el sitio del suceso como en su declaración de fecha 9 de abril de 2024, declara que ese vidrio ya se encontraba roto. c) En su primera declaración, declara que su representado no le permitía pedir ayuda, siendo que consta en autos que quien llama a Carabineros para pedir ayuda es su representado. d) Con fecha 9 de abril de 2023, la víctima de la causa no se retracta de los hechos, sino que señala que faltó a la verdad en su declaración y todo fue generado por haber sorprendido al imputado de autos conversando con otra mujer. De igual forma, se transcribe el relato de la presunta víctima en que sostiene que “vengo en aclarar los hechos ocurridos el día 18 de marzo de 2024, todo partió por una discusión con mi conviviente Víctor Hugo Reyes Reyes, alegamos por problemas de celos ya que sorprendí a Víctor hablando con otra mujer, le dije que se fuera de la casa, no se quiso ir y le dije yo me voy, subo a segundo piso a buscar mi teléfono celular, al bajar la escalera corriendo me enredé pegándome en la frente con un Fierro que está en la escalera, luego salgo al vehículo que estaba estacionado frente al domicilio a buscar mi cargador, en eso Víctor me dice déjame ver tu herida para ayudarte, me ofreció llevarla al hospital le dije déjame tranquila, ándate a la mierda con la otra. Víctor me dijo que habláramos me decía que llamaría a carabineros si yo no quería acompañarlo al hospital. Víctor me pasa un paño para limpiar mi herida, luego seguimos la discusión, Víctor llamó a carabineros para que me trasladaran al hospital por el golpe que mantenía en la frente. El cuchillo que le dije a carabineros con el cual me había agredido Víctor, es un cuchillo que no es utilizado en la casa sino que era una herramienta de uso para la carnicería. Al ver las balizas del vehículo policial, le gritaba a Víctor que lo iba a cagar, todo esto fue impulsado por la rabia y
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara: Que SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por el abogado don Aldo Basquee Cid, en favor de su representado don Víctor Hugo Reyes Reyes, y en contra del Juez Titular del Juzgado de Garantía de Coyhaique, don Mario Enrique Devaud Ojeda, quien dictó la resolución de fecha 30 de abril de 2024, en la causa RIT 606-2024, por la que se mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva en contra del amparado. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Redactada por la Abogada Integrante doña Ximena Patricia Jiménez Ulloa. Rol N° 41-2024 (Amparo).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, catorce de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: Con fecha 7 de mayo de 2024, comparece don Aldo Basquee Cid, abogado, deduciendo recurso de amparo en favor de Víctor Reyes Reyes, imputado y actualmente privado de libertad en autos RIT 606-2024, del Juzgado de Garantía de Coyhaique, en contra del Juez don Mario Devaud Ojeda, por la dictación de la resolución de 30 de abril de 2024, por
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