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Rol
Fecha
14 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Con fecha 7 de mayo de 2024, comparece don Aldo Basquee Cid, abogado, deduciendo recurso de amparo en favor de Jorge Joan Lepio Piucol, imputado y actualmente privado de libertad en autos RIT 217-2023 del Juzgado de Garantía de Aysén, en contra de la Juez doña Dalia Illezca Carrasco, por la dictación de la resolución de 6 de mayo de 2024, que rechaza la solicitud de sobreseimiento definitivo del hecho N° 2 de la acusación fiscal, solicitando, en definitiva, que se rectifique dicha resolución y se ordene dar a lugar a dicho requerimiento de sobreseimiento definitivo, esto con el fin de que se reestablezca el imperio del Derecho. Con fecha 9 de mayo de 2024, se tuvo presente lo informado por la Juez recurrida doña Dalia del Carmen Illezca Carrasco, y se trajeron los autos en relación. Con fecha 13 de mayo de 2024, con motivo de la vista de la causa, alegó en estrado don Miguel Riquelme Cortés, solicitando el rechazo del recurso de amparo, quedando la presente causa en estado de acuerdo, con esa misma fecha. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el recurrente, fundamenta su recurso señalando que, el amparado, de 38 años de edad y sin antecedentes penales, se encuentra con la medida cautelar de prisión preventiva por el delito de abuso sexual y violación de menor de 14 años. Luego de transcribir el hecho por el que se le acusa por el delito de violación (hecho N° 2 de la acusación), agrega que, el amparado debe ser sobreseído total y definitivamente, en atención a que la conducta típica del delito de violación, contenido en el art. 362 del Código Penal, se encuentra descrita en el verbo rector acceder carnalmente, y que del examen sexológico N° 11 de la Unidad de Sexología Forense del Servicio Médico Legal de Coyhaique concluye que “1.- la evaluación genital sin hallazgos físicos sugerentes y/o compatibles con penetración vaginal de antigua o reciente data. 2.- Evaluación anal sin hallazgos físicos sugerentes y/o compatibles con penetración anal de antigua o reciente data. 3.- la ausencia de lesiones y/o hallazgos físicos, no descarta per sé la existencia de violación sexual. 4.- Acantosis negricans”, siendo ésta la única manera de acreditar el delito de violación. Reclama que, pese a que el examen sexológico resultó negativo y no existiendo ningún otro antecedente ni examen en dicha carpeta investigativa que pueda contradecir dicho resultado, el Tribunal de Garantía de Aysén, rechazó la solicitud de sobreseimiento definitivo, señalando que este sería un alegato de fondo. Luego, alega que se infringió el principio de inocencia y la igualdad ante la ley, toda vez que aun cuando se acreditó que no había existido tal comisión de delito, aun así, se le persigue, a diferencia de casos similares en los cuales el mismo SML, por medio de la misma profesional determina sobreseer dichos casos. Finalmente, solicita se revoque la resolución del Tribunal de Garantía de Aysén y se ordene sobreseer el hecho N° 2 de la acusación, al estar acreditado sin duda alguna la inocencia del amparado por el hecho antes descrito. SEGUNDO: Que, la Juez doña Dalia del Carmen Illezca Carrasco, informa el recurso señalando que el recurso incide en la causa RIT 217-2023, del Juzgado de Letras y Garantía de Aysén, causa en que se ha realizado con fecha 6 de Mayo de 2024, audiencia de preparación de juicio oral, dictando el auto de apertura, no encontrándose ejecutoriado a la fecha y que el imputado se encuentra en prisión preventiva desde el 11 de abril de 2023. Refiere que, en la audiencia ya señalada y previo a preparación de juicio oral, el abogado recurrente planteó el sobreseimiento por el delito de violación, fundado en una de las conclusiones del examen pericial sexológico realizado, y que previo debate de los intervinientes rechazó la petición de la defensa, compartiendo los argumentos del Ministerio Público, y estimando que las alegaciones dicen relación con el fondo, que dicha prueba será analizada en conjunto con las demás probanzas en el juicio oral, instancia dónde además la
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara: Que SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por el abogado don Aldo Basquee Cid, en favor de su representado don Jorge Joan Lepío Piucol, y en contra de la Juez Titular del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Aysén, doña Dalia del Carmen Illezca Carrasco, quien dictó la resolución de fecha 6 de mayo de 2024 en la causa RIT 217-2023, por la que se resolvió rechazar la solicitud de la defensa del amparado de decretar el sobreseimiento definitivo respecto de un delito de violación contenido en la acusación fiscal. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Redactada por la Ministro Titular doña Natalia Marcela Rencoret Oliva. Rol N° 42-2024 (Amparo).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, catorce de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: Con fecha 7 de mayo de 2024, comparece don Aldo Basquee Cid, abogado, deduciendo recurso de amparo en favor de Jorge Joan Lepio Piucol, imputado y actualmente privado de libertad en autos RIT 217-2023 del Juzgado de Garantía de Aysén, en contra de la Juez doña Dalia Illezca Carrasco, por la dictación de la resolución de 6 de mayo de 2024
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