LYU/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
14 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Claudio Quiroga Hinojosa, abogado, e interpone recurso de protección en nombre y a favor de Fanying Meng y Wei Lyu, ambos de nacionalidad china, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, como continuador legal del Departamento de Extranjería y Migración, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la omisión de pronunciamiento de sus solicitudes de residencia definitiva, sin motivación justificada, lo que ha privado y perturbado los derechos garantizados en el artículo 19 en su números 2° y 3° de la Constitución Política de la República, esto es, igualdad ante la ley y el debido proceso. Expone que no existe a la fecha pronunciamiento alguno de la misma, a pesar que habría operado el silencio administrativo por parte del órgano en favor del administrado, en razón que han transcurrido más de 15 meses desde que el Servicio no emite un pronunciamiento ni da una información adecuada a las solicitudes que se han realizado para conocer su estatus migratorio. Refiere que con fecha 15 de septiembre la Sra. Meng y el Sr. Lyu realizaron una presentación administrativa de conformidad al artículo 139 del Decreto N°296 que aprueba el reglamento de la Ley N°21.325, en relación al recurso administrativo que contempla la Ley 19.880. No obstante, la entidad migratoria se ha negado a dar respuesta sobre este recurso por más de 60 días desde que fue presentado, existiendo una afectación permanente a sus derechos, dejándolos en completa incertidumbre sobre su situación migratoria y también se ha negado a resolver su solicitud de residencia definitiva. Explicita que ambos recurrentes se encuentran residiendo en Chile desde el año 2020, con trabajo estable, y con una hija en común, menor de edad. Solicita que se acoja el presente recurso, se ordene al Servicio Nacional de Migraciones resolver la solicitud de la recurrente, a fin de que cumplidos todos los extremos de la Ley de Extranjería y su Reglamento, se le otorgue e
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema, sobre la materia, se rechaza, por haber perdido oportunidad, el recurso de protección deducido en favor de Fanying Meng y Wei Lyu, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-16606-2023. En Santiago, catorce de mayo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Claudio Quiroga Hinojosa, abogado, e interpone recurso de protección en nombre y a favor de Fanying Meng y Wei Lyu, ambos de nacionalidad china, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, como continuador legal del Departamento de Extranjería y Migración, por el acto ile
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