WU CON XIII SII DRM STGO CENTRO - (LTE)
Rol
Fecha
14 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo, además, presente: Que las argumentaciones vertidas por el contribuyente en su reclamo tendientes a alegar que las operaciones por las cuales se le cobra el tributo se sustentan en facturas ideológicamente falsas, impedían sostener o acreditar por la misma parte -sin entrar en contradicción- cuál es el origen de los fondos que permitirían justificar el pago de aquellas, como precisamente lo desliza el sentenciador en el
Fundamentos
considerando vigésimo segundo del
Fallo
fallo que se revisa. Y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 140 y siguientes del Código Tributario, se confirma la sentencia apelada de veinticinco de julio de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Tribunal Tributario Aduanero de Santiago, en causa RIT GR-15-00016-2020. Regístrese y comuníquese N°Tributario Y Aduanero-54-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo, además, presente: Que las argumentaciones vertidas por el contribuyente en su reclamo tendientes a alegar que las operaciones por las cuales se le cobra el tributo se sustentan en facturas ideológicamente falsas, impedían sostener o acreditar por la misma parte -sin entrar en contradicción- cuál es el origen de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica