SIN INFORMACION

ROJAS/HOSPITAL CLINICO FELIX BULNES CERDA

Rol

Fecha

14 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Con fecha 19 de enero de 2024, comparece Erika Flores Arévalo, abogada, en favor de Cecilia del Carmen Rojas Leyton, chilena, técnico en alimentación, grado 21 de la EUS, funcionaria de planta del Hospital Félix Bulnes, deduce recurso de protección en contra del Hospital Félix Bulnes Cerda, por los antecedentes de hecho y de derecho que se exponen. Señala que por la Resolución TRA N°110235/7/2023, de fecha 15 de diciembre de 2023, con Toma de Razón por la Contraloría General de la Republica, con fecha 26 de diciembre de 2023 y notificada personalmente el 27 de diciembre de 2023, se declaró vacante el cargo de la recurrente por salud incompatible. Lo anterior, indica, por haber hecho uso de licencia médica por un lapso continuo o discontinuo superior a seis meses en los dos últimos años, sin mediar declaración de salud irrecuperable, de conformidad al artículo 151 en relación al artículo 146 letra c) de la ley Nº18.834. Refiere que ella es Técnico en Alimentación y tiene la calidad jurídica de planta. Su relación contractual con el Hospital se inicia el 10 de septiembre de 2010, tiene una antigüedad de 13 años y 2 meses en el Servicio; y en el desempeño de su cargo nunca fue objeto de reparos, o sumarios, siendo siempre calificada en lista 1 de distinción, con el máximo puntaje 70. Precisa que la actora el día 11 de junio del año 2018, sufre un accidente de trayecto, producto de las lluvias y nevazón que hubo ese día; al salir ese día al turno de noche, se quiebra el tobillo derecho, con diagnóstico de Fractura Bimaleolar del pie derecho. A pesar de ser un accidente de trayecto, por desconocimiento, no solicitó a tiempo, la aplicación del seguro contenido en la Ley N° 16.744, y fue operada el día 22 de junio del mismo año, recalcando que ese es el origen del ausentismo laboral prolongado. Agrega que luego de un largo proceso de recuperación (3 meses en cama con reposo absoluto y con bota ortopédica) comenzó sus terapias en ki

Fallo

por tanto, tiene que esperar a que la salud pública otorgue las prestaciones correspondientes. En el tiempo de espera, siguió con licencia médica. Precisa que recién con el alta médica vuelve a trabajar el día 4 de abril del año 2023, y se reincorpora a sus funciones ininterrumpidamente y jamás vuelve a tener problemas posteriores de salud; sin embargo, el Director del Hospital la cita a reunión el día 26 de mayo del año 2023, para informarle que estaba despedida, a contar del 30 de junio del 2023. La resolución que se le notifica es la Exenta N° 6251 del 3 de abril 2023, emanada del Hospital Clínico Félix Bulnes. Precisa que en virtud de apelación a la Contraloría General de la República, este organismo contralor con fecha 28 de julio de 2023, declara que la declaración de vacancia por salud incompatible debe ser dispuesta mediante un acto administrativo, afecto al trámite de toma de razón, lo que no cumple la citada resolución, ordenando que el Hospital Clínico Félix Bulnes arbitre las medidas conducentes para reincorporar a la interesada a sus labores -si hubiera sido separada de las mismas-, pagándole las remuneraciones correspondientes al tiempo en que estuvo alejada indebidamente de sus funciones. Finalmente, aclara, el día 27 de diciembre de 2023, le notifican el término de su calidad de funcionaria de planta, mediante la Resolución exenta TRA N°110235/7/2023, emanada del Hospital Félix Bulnes, de fecha 15 de diciembre de 2023, tomada de razón con fecha 26 de diciem

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Con fecha 19 de enero de 2024, comparece Erika Flores Arévalo, abogada, en favor de Cecilia del Carmen Rojas Leyton, chilena, técnico en alimentación, grado 21 de la EUS, funcionaria de planta del Hospital Félix Bulnes, deduce recurso de protección en contra del Hospital Félix Bulnes Cerda, po

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