JUZGADO DE LETRAS DE ILLAPEL

SOCIEDAD EXPLOTADORA MINERA DABED LIMITADA/CASTILLO TRIGO, INES

Rol

Fecha

14 de mayo de 2024

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus

Fundamentos

considerandos 8° a 14° que se eliminan, y se tiene en su lugar y, además, presente: PRIMERO: Que se encuentra en alzada la sentencia definitiva de veintisiete de junio de dos mil veintitrés dictada por el Juzgado de Letras de Illapel, que acogió la demanda de precario en juicio sumario, dirigida en contra de doña INES AMANDA CASTILLO TRIGO, causa Rol C-790-2021, caratulada “SOCIEDAD EXPLOTADORA MINERA DABED LIMITADA Y OTROS con CASTILLO”, respecto de parte de los terrenos del que son dueños los actores, ubicados en Costanera Norte (Camino Tropero) S/N°, márgenes del Río Illapel, comuna de Illapel, Provincia de Choapa, Región de Coquimbo (bien raíz ubicado al Sur de la Línea del Ferrocarril) inscrito a fojas 1465 vta., N° 1407, del año 1982, a fojas 275, N° 240, del año 2018, a fojas 587, N° 526, del año 2018, a fojas 379, N° 367, del año 2021, a fojas 568, N° 544, del año 2021 y a fojas 2460 vuelta, N° 913, del año 1986, todas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces y Archivero de Illapel y, en consecuencia, ordenó su restitución dentro de décimo día hábil desde que el

Fallo

fallo cause ejecutoria. SEGUNDO: Que en contra de dicha decisión se presentó recurso de apelación por la parte demandada, la que funda sus alegaciones en que la actora, en ninguna parte de su demanda, señala con precisión la superficie del terreno que estaría ocupando la demandada, como tampoco señala con precisión su ubicación o sus deslindes y concluye que en la especie no se cumple con uno de los requisitos básicos para acceder a su pretensión, por cuanto no ha existido una correcta, determinada e inequívoca individualización del terreno que la actora pretende que se le restituya, puesto que si bien ella indica que la demandada estaría ocupando parte de los terrenos de los que dice ser dueña, no aclara los linderos, no especifica sus medidas o superficie ni referencia su orientación, lo que hace impracticable la ejecución de una eventual sentencia favorable a sus intereses. Aclara que para justificar su petición la parte demandante acompañó prueba documental, la que no establece de manera específica las características del terreno cuya restitución persigue y agrega que sin otra prueba que permita aquello, la acción deducida debió rechazarse. Señala que su representada, al contestar la demanda, no reconoció estar ocupando el inmueble ni parte del inmueble que la demandante reclama como suyo, sino que ha dicho que ella ocupa un predio distinto, el que también está ubicado en la Costanera Norte (Camino Tropero) S/N, márgenes del Río Illapel, comuna de Illapel. De ahí, ento

Texto Completo (Preview)

Inversiones Poza y Dabed Ltda. y otros Castillo Trigo, Inés Amanda Precario Rol 1398-2023 (Rol C-790-2021 del Juzgado de Letras de Illapel) La Serena, a catorce de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus considerandos 8° a 14° que se eliminan, y se tiene en su lugar y, además, presente: PRIMERO: Que se encuentra en alzada la sentencia definit

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