ARCAY ENYERLIN ALEXIS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
13 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Omaira Isabel Pelaez Suarez, abogada interponiendo recurso de amparo en favor de doña Enyerlin Alexis Arcay, venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la dictación de la Resolución Exenta Nº 10.461 de fecha 14 de marzo de 2024 que ordenó su expulsión del territorio nacional, acto que califica como ilegal y arbitrario por vulnerar su derecho a la libertad personal consagrado en el artículo 19 Nº 7 letra a) de la Constitución Política de la República, así como los derechos fundamentales a la unidad familiar y al trabajo. Señala que el amparado es un ciudadano de nacionalidad venezolana, trabajador dependiente en Chile con contrato y cotizaciones previsionales al día, cuyos ingresos líquidos mensuales ascienden a $848.380.-, y que no cuenta con antecedentes penales. Indica que en su país de origen residía con su madre y tenía a su cargo a sus dos hijas menores de edad de 16 y 12 años. Agrega que si bien el amparado trabajó en distintas empresas en Venezuela, la crisis económica y humanitaria que atravesaba su país, unido a la necesidad de generar mayores recursos para atender la salud de una de sus hijas que se encuentra enferma, lo llevaron a tomar la decisión de venir a Chile en busca de mejores oportunidades laborales, ingresando por un paso fronterizo no habilitado el 27 de enero de 2022. Posteriormente, realizó una autodenuncia por este ingreso clandestino. Aduce que con fecha 21 de noviembre de 2023 el amparado fue notificado del inicio de un procedimiento sancionatorio de expulsión por encontrarse en la causal prevista en el artículo 127 Nº 1 en relación con el artículo 32 Nº 3 de la Ley de Migración y Extranjería. Refiere que con fecha 5 de diciembre de 2023 el amparado se presentó en las dependencias del Servicio Nacional de Migraciones para formular sus descargos adjuntando antecedentes relativos a sus vínculos familiares en Chile,
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido por Enyerlin Alexis Arcay, en contra de Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, sin costas. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Amparo-1013-2024. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich, conformada por la Ministra señora Carolina Brengi Zunino y el Abogado Integrante señor Jorge Hales de la Fuente.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de mayo de dos mil veinticuatro. Proveyendo al escrito folio 15: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Omaira Isabel Pelaez Suarez, abogada interponiendo recurso de amparo en favor de doña Enyerlin Alexis Arcay, venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por
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