ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CHILLAN/DÍAZ
Rol
Fecha
13 de mayo de 2024
Materia
OTROS EJECUTIVOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y teniendo además presente: Lo dispuesto en el artículo 48 del Código de Procedimiento Civil, que prevé la posibilidad de gestionar la notificación de la resolución que recibe la causa a prueba por correo electrónico, lo que no fue requerido por el ejecutante dentro del término establecido en el artículo 152 del mismo cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de veintisiete de marzo de dos mil veinticuatro. Notifíquese. En su oportunidad, devuélvase. R.I.C.: 247 - 2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán ACT/Cpr Chillán, trece de mayo de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo además presente: Lo dispuesto en el artículo 48 del Código de Procedimiento Civil, que prevé la posibilidad de gestionar la notificación de la resolución que recibe la causa a prueba por correo electrónico, lo que no fue requerido por el ejecutante dentro del término establecido en el artículo 152 del mismo c
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