RAMON ESTEBAN RIQUELME BARRERA C/ DERIK JESUS AGUILAR VELOZO
Rol
Fecha
13 de mayo de 2024
Materia
OTROS LIBRO II TITULO VI
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo únicamente presente: Que el artículo 304 ter del Código Penal establece en su último inciso que el delito concurre sin perjuicio de las sanciones que fueren procedentes conforme al Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, y conforme, además, lo dispuesto en los artículos 250 y 370 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución dictada en audiencia de doce de abril pasado, que decretó el sobreseimiento definitivo respecto de Derik Jesús Aguilar Veloso, y en su lugar, se dispone que se rechaza la solicitud de la defensa, debiendo proseguir la tramitación de la causa. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia N°Penal-2356-2024. Pronunciada por la Octava Sala, integrada por los Ministros señora Dobra Lusic Nadal, señor Hernán Alejandro Crisosto Greisse y señora Lilian A. Leyton Varela.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de mayo de dos mil veinticuatro. A los escritos folios 5 y 6: a todo, téngase presente. Visto y teniendo únicamente presente: Que el artículo 304 ter del Código Penal establece en su último inciso que el delito concurre sin perjuicio de las sanciones que fueren procedentes conforme al Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, y conforme, además, lo dispuesto
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