JUZGADO DE GARANTIA DE OVALLE

M. PUBLICO C/ HECTOR PATRICIO TAPIA TAPIA

Rol

Fecha

13 de mayo de 2024

Materia

POSESION O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en relación a la alegación formulada por la defensa en audiencia, en relación a la ausencia de agravio del recurrente, cabe consignar que, en concepto de estos sentenciadores, la resolución que declara ilegal la detención ocasiona indudablemente un perjuicio al persecutor penal, toda vez que dicha declaración constituye un antecedente para una eventual discusión de exclusión de prueba, circunstancia que legitima la interposición del recurso que nos convoca, el cual resulta admisible. SEGUNDO: Que, en cuanto al fondo, atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo particularmente presente la existencia de una orden de detención vigente y dictada conforme a derecho respecto del encartado -circunstancia respecto de la cual no se ha suscitado debate- que legitimó la concurrencia de funcionarios policiales a su domicilio, autorizando aquel el ingreso de estos últimos a su morada de manera voluntaria, produciéndose en tal contexto el hallazgo posterior y espontáneo de las especies materia de investigación -hecho diverso a la ejecución de la orden de detención previamente aludida- es que solo cabe concluir que no se vislumbra vulneración alguna a las garantías del imputado ni la realización de diligencias autónomas por parte del personal aprehensor, a lo cual se adiciona la precaria fundamentación jurídica de la resolución objeto de reproche, por lo que corresponde reformar aquella, en los términos que se indicarán en lo resolutivo.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, por último, lo dispuesto en los artículos 132 bis y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución dictada en audiencia de veinticinco de abril de dos mil veinticuatro, transcrita íntegramente en la carpeta digital, dictada por el Juez de Garantía de Ovalle, que declaró ilegal la detención del imputado Héctor Patricio Tapia Tapia, y en su lugar se declara que la detención del imputado se ajustó a derecho. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator señor Felipe Vilches Contreras. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 988-2024 Penal.

Texto Completo (Preview)

La Serena, trece de mayo de dos mil veinticuatro. Siendo las 10:37 horas, ante la Primera Sala de esta Ilma. Corte de Apelaciones de La Serena, presidida por el Ministro señor Felipe Pulgar Bravo, e integrada por los Ministros señor Sergio Troncoso Espinoza y señora Marcela Sandoval Durán, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público, en

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica