FLORES ELOZ/REYES Y OTRO
Rol
Fecha
13 de mayo de 2024
Materia
SECUESTRO. ART. 141
Resultado
APROBADA/ CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo señalado por la Fiscal Judicial y de conformidad con lo previsto en el artículo 414 del Código de Procedimiento Penal, se aprueban las resoluciones consultadas de tres de abril de dos mil veintitrés y veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro, escritas a fojas 534 y 704, respectivamente, en relación a los procesados Ricardo Riesco Cornejo y Valentín Riquelme Villalobos, y visto lo dispuesto en el artículo 510 del mismo cuerpo legal, se confirma la sentencia de diez de abril de dos mil veintitrés, escrita de fojas 538 a 603, de la causa Rol 1-2016, por la cual se condenó a Juan de Dios Reyes Basaur, dictada por el Ministro en Visita Extraordinaria en causas de Derechos Humanos, Max Cancino Cancino. Se previene que el Abogado Integrante Sr. Elorriaga, entiende que a pesar de la plausibilidad de lo informado por la Sra. Fiscal Judicial respecto de don Juan de Dios Reyes Basaur, respecto a la posibilidad del cumplimiento de la sentencia en el domicilio del condenado, aquello resulta en este caso impracticable por encontrarse éste cumpliendo otras condenas por diversas causas en su contra. Regístrese, notifíquese y devuélvase. NºPenal-890-2023.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. CERTIFICO: Que, la Ministra doña María del Rosario Lavín Valdés, se encuentra inhabilitada para conocer de la presente causa, según costa de folio N° 2 por lo que esta Segunda Sala se integrará con el Ministro Suplente don Rodrigo Cortés Gutiérrez, la Ministra Suplente doña Sara Covarrubias Naser y el Abogado Integrante don Fabián Elorriaga De Bonis, según complemento de es
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica