YEAN PIERRE ROJAS AYALA / GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
13 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, mediante formulario ingresado en dependencias de esta Corte, comparece doña Luisa Jacqueline Ayala Ayala, quien recurre de amparo en favor de su hijo Yean Pierre Rojas Ayala, en contra de Gendarmería de Chile, fundado en que el amparado, quien se encuentra privado de libertad, ha sido castigado y agredido físicamente en varias oportunidades, tiene una lesión en la cadera que le afecta la pierna derecha, le cuesta movilizarse, no puede subir o bajar escaleras. Desde hace 4 meses que no sabe nada de él porque no tiene visita, agregando que ella es diabética por lo que le cuesta movilizarse. Pide que sea trasladado al Penal de Limache o de Quillota para facilitar sus visitas. Acompaña su cédula de identidad. A folio 4, informa el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso que fue tomada declaración al interno, condenado por el Juzgado de Garantía de Valparaíso en causa Rit N° 7251-2021 y Ruc. N° 2100675237-0, sosteniendo que mantendría problemas con funcionarios de Gendarmería de Chile, señalando haber sido agredido por funcionarios uniformados de la institución, en este contexto, esta administración penitenciaria procedió a tornar la denuncia, realizando el respectivo Parte Denuncia dirigido a la Fiscalía Local de Valparaíso (N° 459/07.05.24). El interno actualmente habita en el Módulo N° 108, de aislamiento, como forma de salvaguardar su integridad física, quedando condicionado al comportamiento. Informa que el amparado ha solicitado su traslado a la Unidad Penal de Limache, la que se encuentra en trámite. Dicha petición debe ser resuelta por su autoridad superior debe tener presente para su resolución, la consideración de variados antecedentes tales como, conducta del interno, compromiso delictual, condena, Observaciones de Seguridad, además de factores como categorización de seguridad del Recinto Penal solicitado, nivel de hacinamiento, cercanía con el lugar de residencia entre otros. Acompaña declaración del interno, informe de salud d
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, por la presente vía cautelar se solicita por la madre del amparado, que se disponga su traslado con el objetivo de resguardar su integridad física y psíquica. Segundo: Que, de acuerdo a lo informado por el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso se ha remitido al Ministerio Público el parte que da cuenta de la denuncia efectuada por el interno y que se encuentra en el módulo de aislamiento para asegurar su integridad personal. Tercero: Que, el Director Regional de Gendarmería de Chile, Región de Valparaíso, informa que revisados los antecedentes relativos, no existe factibilidad para el traslado a la Unidad Penal de Limache; sin embargo, no existe inconveniente en acceder a su traslado a la Unidad Penal de Quillota. Cuarto: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6° de la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile y el artículo 28 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, es competencia de Gendarmería de Chile, el determinar la unidad penal y el módulo en donde los internos cumplen las medidas cautelares y las penas corporales que le han sido impuestas, de acuerdo a su Reglamento interno, no existiendo por consiguiente ilegalidad alguna en el actuar de la recurrida.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, el recurso de amparo deducido en favor de Yean Pierre Rojas Ayala, en contra de Gendarmería de Chile. Sin perjuicio, teniendo presente lo informado por Gendarmería de Chile, la recurrida deberá concretar dentro del plazo de siete días, el traslado del amparado a la Unidad Penal de Quillota, manteniendo las medidas de seguridad otorgadas a su favor mientras se concreta, debiendo informar a esta Corte su cumplimiento. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1090-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, trece de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, mediante formulario ingresado en dependencias de esta Corte, comparece doña Luisa Jacqueline Ayala Ayala, quien recurre de amparo en favor de su hijo Yean Pierre Rojas Ayala, en contra de Gendarmería de Chile, fundado en que el amparado, quien se encuentra privado de libertad, ha sido castigado y agredido fís
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica