SIN INFORMACION

SAAVEDRA MANRIQUEZ, INGRID JOHANA/ILTMA. CORTE DE APELACIONES VALPARAÍSO

Rol

Fecha

10 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: 1°) Que, se ejerce esta acción constitucional de amparo para impugnar la decisión de mayoría adoptada por los ministros de la Cuarta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, por medio de la cual, en resolución de dos de mayo pasado, revocó la resolución impugnada que otorgó al condenado la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena. 2°) Que, según se colige de lo establecido en los artículos 21 de la Carta Fundamental y 7.6 de la Convención Americana de Derechos Humanos, la acción constitucional de amparo tiene como finalidad esencial controlar la “legalidad” de eventuales afectaciones o amenazas a la libertad personal y seguridad individual, en términos de verificar que, de mediar, se ajusten a la Constitución y a las leyes; 3°) Que, para esos efectos la Carta Fundamental dispone que tal recurso debe ser conocido “por la magistratura que señale la ley”, mandato que cumple el artículo 63 del Código Orgánico de Tribunales, señalando que corresponde a las Cortes de Apelaciones conocer en primera instancia de los recursos de amparo; 4°) Que, por ende, si resulta que ha sido una Corte de Apelaciones la que expidió la resolución que se cuestiona por este medio, quiere decir que ya se cumplió el objetivo o propósito de cautela del derecho fundamental; 5°) Que, en efecto, no puede pretenderse que la acción de amparo se erija en un instrumento que propicie la revisión anómala e impropia de lo actuado por un tribunal de alzada. Aceptarlo importaría distorsionar tanto la finalidad de la acción de amparo como la regularidad elemental del procedimiento que la rige, máxime

Fundamentos

considerando que existen otros mecanismos para impugnar la decisión que en esta sede se cuestiona. Criterio que ha sido sostenido por la Excma. Corte Suprema en fallos contenidos en los roles 161.622-2022 y 32.059-2022, entre otros.

Fallo

Por estas consideraciones, y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara INADMISIBLE el recurso deducido en estos autos. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N°171-2024 Amparo. -

Texto Completo (Preview)

Saavedra Manríquez, Ingrid Johana Cuarta Sala I. Corte de Apelaciones de Valparaíso Recurso de Amparo Rol N° 171-2024.- La Serena, diez de mayo de dos mil veinticuatro. A todo: estese a lo que se resolverá. Vistos: 1°) Que, se ejerce esta acción constitucional de amparo para impugnar la decisión de mayoría adoptada por los ministros de la Cuarta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaí

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