POBLETE/TECHMATIC SPA
Rol
C-616-2022
Fecha
20 de enero de 2023
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
visto las normas citadas, y lo dispuesto en el artículo 466 del Código de Procedimiento Civil, se declara: Que, se rechaza, con costas, la excepción de pago opuesta por la ejecutada de autos, debiendo proseguirse con la ejecución hasta el completo cumplimiento de lo adeudado. Notifíquese por correo electrónico a la parte ejecutante y por el estado diario a la parte demandada, atendido lo resuelto el 9 de enero de 2023 y lo dispuesto en los artículos 49 y 53 del Código de Procedimiento Civil. RIT: C-616-2022 RUC: 21-4-0361742-0 Proveyó el (la) Juez (a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Concepción a veinte de enero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: BCDQXDEXVCJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-20T11:37:47-0300
Fallo
se declara: Que, se rechaza, con costas, la excepción de pago opuesta por la ejecutada de autos, debiendo proseguirse con la ejecución hasta el completo cumplimiento de lo adeudado. Notifíquese por correo electrónico a la parte ejecutante y por el estado diario a la parte demandada, atendido lo resuelto el 9 de enero de 2023 y lo dispuesto en los artículos 49 y 53 del Código de Procedimiento Civil. RIT: C-616-2022 RUC: 21-4-0361742-0 Proveyó el (la) Juez (a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Concepción a veinte de enero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: BCDQXDEXVCJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-20T11:37:47-0300
Texto Completo (Preview)
/fpc Concepción, veinte de enero de dos mil veintitrés. PRIMERO: Que, compareció el abogado Ricardo Javier Poveda Guiñez, en representación de la empresa demandada TECHMATIC SPA y opuso a la ejecución la excepción de pago prevista en el artículo 470 del Código del Trabajo, fundada, en lo pertinente, en que su representada ha hecho un pago parcial a la deuda que se está ejecutando. En efecto, cont
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