MP C/ ALEXIS ANDRES COLIVORO URIBE
Rol
Fecha
10 de mayo de 2024
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Que del mérito de los antecedentes y lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que en este estadio procesal, existen elementos suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye al imputado Y respecto de la necesidad de cautela prevista en la letra c) de la norma ya referida, teniendo en consideración la naturaleza del delito por el cual fue formalizada la investigación en su contra, la existencia de procesos pendientes, la eventual pena y forma de cumplimiento, lo que permite estimar que la libertad de éste, importa un peligro para la seguridad de la sociedad y la seguridad de la víctima, se confirma la resolución en alzada de fecha dos de mayo del año en curso, dictada por doña Claudia Melissa Villa Esperguel, Jueza (S) del Juzgado de Letras y Garantía de Quellón, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Alexis Andres Colivoro Uribe. Téngase por notificados a los intervinientes de lo resuelto en la presente audiencia, comuníquese al Tribunal a quo, utilizándose interconexión. Devuélvase. Rol Penal 610-2024.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, diez de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: Que del mérito de los antecedentes y lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que en este estadio procesal, existen elementos suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquello
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