SIN INFORMACION

NOVOA NOVOA ARIEL ANDRES/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

10 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO Primero: Que comparece la abogada Valeska Orellana Córdova, quien interpone recurso de amparo en favor de Ariel Andrés Novoa Novoa, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina Uno y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haberle negado dicho beneficio. Expone que su representado fue condenado a las penas de 15 años y 1 día de presidio mayor en su grado máximo como autor del delito de robo con intimidación; 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio como autor del delito de violación, y; 61 días de presidio menor en su grado mínimo como autor de falsificación de monedas y otros. Indica que inició el cumplimiento de dichas condenas el 16 de mayo de 2006, con 810 días de abono, y que tiene previsto el término de su cumplimiento para el día 30 de abril de 2029, habiendo cumplido el tiempo mínimo para ser postulado a la libertad condicional el 11 de diciembre de 2020. Puntualiza que el amparado reúne los requisitos de escolaridad, trabajo, conducta y psicosociales exigidos para que se le conceda el beneficio. Agrega que su representado cuenta con una oferta laboral concreta, que le permitirá seguir desarrollándose en labores tendientes a su reinserción social. Afirma que, a su juicio, la Comisión recurrida, al decidir rechazar la libertad condicional del amparado, ha exigido requisitos que exceden los que fija el Decreto Ley 321 de 1925 y sus modificaciones, lo que torna dicha decisión en arbitraria y,

Fallo

por tanto, ilegal. Pide que se le conceda el beneficio de libertad condicional a su representado. Segundo: Que, evacuando el informe requerido, doña Sandra Araya Naranjo, Ministra, Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, señala que por resolución de 26 de abril del presente año, se resolvió rechazar, por unanimidad, la concesión del beneficio impetrado respecto del amparado. Explica que, al revisar los antecedentes del interno, contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, la Comisión estimó que, aun cuando el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio, manteniendo una conducta intachable durante los últimos cuatro bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2° del Decreto Ley N.º 321, lo cierto es que la documentación aparejada a su formulario de postulación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle dicho beneficio. Al respecto, consigna que: “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante es un interno de alto compromiso delictual y riesgo de reincidencia medio/alto. Minimiza la magnitud de los delitos y justifica su actuar sin problematizar sobre las consecuencias en las víctimas. A nivel cognitivo, se observa rigidez, precario nivel de identificación de contextos de riesgo y prevención de éstos, con tendencia actuar de forma

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Santiago, diez de mayo de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO Primero: Que comparece la abogada Valeska Orellana Córdova, quien interpone recurso de amparo en favor de Ariel Andrés Novoa Novoa, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina Uno y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haberle negado dicho beneficio. Expone que su representad

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