SIN INFORMACION

DORSAINVIL/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

10 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Marcelo Carvallo Contreras, quien deduce acción constitucional en favor de Etzer Dorsainvil, nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento de su solicitud de visa de permanencia definitiva, presentada el 10 de abril de 2023. Pide que, en definitiva, se ordene a la recurrida pronunciarse sobre su solicitud de residencia definitiva dentro de un plazo razonable, o lo que se estime conforme a derecho, con costas. Segundo: Que evacua informe el Servicio Nacional de Migraciones, señalando que respecto de la solicitud de permanencia definitiva solicitada por el recurrente el 6 de abril de 2022, mediante Resolución Exenta N°24096988 de 4 de marzo de 2024, se ordenó su archivo, por encontrarse el solicitante fuera del país desde el 6 de mayo de 2022, sin nuevos ingresos al territorio nacional. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales constituye una acción constitucional de urgencia destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos constitucionales que se enumeran en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, mediante la adopción de medidas de resguardo ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amenace o perturbe su ejercicio. Cuarto: Que, por consiguiente, constituye presupuesto indispensable de la acción cautelar de protección la existencia de un acto u omisión ilegal -contrario a la ley- o arbitrario -producto del mero capricho de quienes incurren en él-, que provoque alguna de las situaciones que se han indicado y que afecte, además, una o más de las garantías constitucionales protegidas por el referido artículo 20 de la Carta Fundamental Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se recha

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Etzer Dorsainvil, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°973 – 2024 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, diez de mayo del año dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Marcelo Carvallo Contreras, quien deduce acción constitucional en favor de Etzer Dorsainvil, nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento de su solicitud de visa de permanencia de

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