JUZGADO DE GARANTIA DE VILLARRICA

MINISTERIO PUBLICO C/ MAGALY DEL CARMEN URRA JIMENEZ

Rol

Fecha

10 de mayo de 2024

Materia

CULTIVO/COSECHA ESPECIES VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF. ART. 8

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo presente esta Corte la naturaleza y número de delitos por los que ha sido formalizada la imputada, las penas asignadas a los mismos, especialmente lo tocante con el delito relacionado con la ley 20.000, que en principio y para el evento de ser condenada, le impediría acceder a alguna pena sustitutiva de la ley 18.216, circunstancias que hacen estimar a estos sentenciadores que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, sin perjuicio de lo que se pueda resolver en lo sucesivo, conforme la investigación del Ministerio Público avance, SE REVOCA la resolución de fecha nueve de mayo de dos mil veinticuatro, que decretó medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal a la imputada MAGALY DEL CARMEN URRA JIMÉNEZ, y en su lugar se dispone su prisión preventiva. Decisión acordada con el voto en contra del abogado integrante Sr. Fernando Cartes Sepúlveda, quien fue del parecer de confirmar la sentencia en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-944-2024 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, diez de mayo de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 3: A lo principal y otrosí: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo presente esta Corte la naturaleza y número de delitos por los que ha sido formalizada la imputada, las penas asignadas a los mismos, especialmente lo tocante con el deli

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