SIN INFORMACION

VEGA/TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CHILE

Rol

Fecha

10 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de protección señala lo siguiente: “Regina Emilia Fuentes Rivera, abogado, domiciliada en Uno Sur 701 de Parral, por mi representado, según instrumento público que acompaño, don Rodrigo Alejandro Vega Yáñez, estudiante, domiciliado en calle Bosque 292, comuna de Parral, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 19 y siguientes de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre Tramitación del Recurso de Protección, vengo en interponer Recurso de Protección en contra de la TESORERIA GENERAL DE LA REPÚBLICA, Rut N° 60.805.000-0, domiciliada en Teatinos N° 28, Santiago, representada legalmente por don Hernán Nobizelli Reyes, por las consideraciones de hecho y de derecho que a continuación expongo: 1).- Con fecha 27 de Febrero de 2023, mi representado don Rodrigo Alejandro Vega Yáñez, dedujo Recurso de Reconsideración en contra de la Resolución Exenta N° 3847 de la Dirección General de Aguas, de fecha 29 de Diciembre de 2022, publicada en el Diario Oficial el 16 de Enero de 2023, con el objeto de que el Director General de Aguas acogiera la modificación del numeral 520 de la nómina de derechos de patentes impagas por no uso de las aguas de la comuna de Parral, actualizando la titularidad de los derechos de aprovechamiento de aguas y el caudal de los mismos. 2).- El fundamento de dicho recurso es el inexplicable e inexcusable error que esta Institución venía cometiendo desde el año 2015 en el numeral 520, que incorporaba como titular de los derechos de aprovechamiento de aguas, y consecuentemente como deudora de patente por no uso a la Sucesión de don Julio Tolentino Vega Vega, por un caudal de 200 l/s. Dicho error se cometió años tras año, no obstante las reiteradas resoluciones de la DGA, que de OFICIO ordenaban hacer las debidas modificaciones, sin efectuarlas en definitiva, e iniciando cada año juicios ejecutivos con nóminas que contenían los mismos errores reclamados. 3).- El Recurso de Reconsideración fue acogido por la Resolución Exenta N° 1116 de fecha 28 de Abril de 2023, y ordenó modificar el numeral 520 en el listado de derechos de aprovechamiento de aguas afectos al pago de patentes por no uso, fijado mediante la resolución DGA Exenta N° 3847, señalando como propietarios a don Rodrigo Alejandro Vega Yáñez, Rut N° 19.696.002-3; Julio Alfonso Vega Yáñez, Rut N° 18.559.521-8 y José Luis Vega Yáñez, Rut N° 18.781.392-1, según inscripción de fojas 128 N° 94 del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Parral, correspondiente al año 2017, por un caudal de 75 l/s, y fija el valor de la patente en 120 U.T.M. Consecuentemente, en el resuelvo N° 9 la resolución ordena que: “deberá ser notificada al recurrente por los funcionarios de la Dirección General de Aguas de la Región del Maule, que detenten la calidad de ministros de Fe, en su domicilio de calle Bosque N° 292, de la comuna de Parral, Región del Maule. Sin perjuicio de ello, el ci

Fallo

POR TANTO: De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por los arts. 19 N° 2 y 24, y art. 20 de la Constitución Política de la República, Ruego a S.S .Ilma. se sirva tener por presentado este Recurso de Protección en contra de la TESORERIA GENERAL DE LA REPÚBLICA, representada por su Tesorero General don Hernán Nobizelli Reyes, ya individualizado, por las actuaciones ilegales y arbitrarias cometidas en contra del recurrente en el proceso de liquidación de la deuda por concepto de patentes impagas por no uso de las aguas, que se ve reflejado en los Aviso Recibo y Certificado de Deuda descritos en el cuerpo de esta presentación y, en definitiva acogerlo, declarando que debe restablecerse el imperio del derecho, dejando sin efecto las liquidaciones efectuadas en los Aviso Recibo 520-2022 y 520-2023, y en el Certificado de Deudas, además de establecer la obligación de la Institución recurrida de efectuar una nueva liquidación, teniendo presente las modificaciones ordenadas por la Dirección General de Aguas en la Resolución Exenta N° 1116, de fecha 28 de Abril de 2023, y como medida necesaria para restablecer el imperio del derecho, ordenar también que la recurrida o a quien corresponda efectúe las publicaciones de las rectificaciones de los errores contenidos en las nóminas de igual forma que la publicación original, según lo dispuesto en el art.129 bis 12 inc. 5, 6 y 7 del Código de Aguas, que se declare la prescripción de las deudas incorporadas en la cuenta Única Tributaria

Texto Completo (Preview)

Talca, diez de mayo de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de protección señala lo siguiente: “Regina Emilia Fuentes Rivera, abogado, domiciliada en Uno Sur 701 de Parral, por mi representado, según instrumento público que acompaño, don Rodrigo Alejandro Vega Yáñez, estudiante, domiciliado en calle Bosque 292, comuna de Parral, de conformidad con lo dispuesto en lo

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