NONCENT/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
10 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 4 de marzo pasado Marcelin Noncent, de nacionalidad haitiana, interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa en razón de haber incurrido en una omisión arbitraria e ilegal que perturba el ejercicio de sus derechos, consistente en la demora excesiva en la tramitación de su ampliación de solicitud de permanencia definitiva formulada el 29 de septiembre de 2021, lo que transgrediría los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de la Ley N°19.880. Pide, en definitiva, se ordene al organismo recurrido pronunciarse respecto de la solicitud planteada. Segundo: Que previo a evacuar informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicita se declare inadmisible el recurso. Argumentan que la presente acción constitucional no reúne los requisitos básicos establecidos en la Constitución Política de la República y el Auto Acordado que rige la materia, y que, según ha resuelto en forma reciente la Excma. Corte Suprema, no existe ilegalidad ni arbitrariedad ni aun en grado de amenaza que pueda ser tutelada mediante el presente arbitrio, excediendo la materia con creces la tutela cautelar que es propia de la acción de protección. Refiere que tampoco se reclama la existencia de un derecho indubitado susceptible de ser cautelado por esta vía. En subsidio, alega falta de legitimación pasiva, ya que la supuesta acción u omisión que se considera ilegal emana de terceros indeterminados. Estima que la autoridad ha actuado conforme a la normativa por la que se rige sin dejar en la indefensión a la parte recurrente, procurando mantener su regularidad migratoria en el país que le permite realizar cualquier actividad lícita y desplazarse libremente sin que exista limitación alguna. Que, en subsidio, informa sobre el fondo del asunto, solicitando el rechazo de la acción intentada. Sostiene que la petición de permanencia definitiva de la recurrente fue presentada el 29 de se
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Marcelin Noncent en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber perdido oportunidad. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°1030-2024 Protección.-
Texto Completo (Preview)
San Miguel, nueve de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 4 de marzo pasado Marcelin Noncent, de nacionalidad haitiana, interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa en razón de haber incurrido en una omisión arbitraria e ilegal que perturba el ejercicio de sus derechos, consis
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