JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL

PABLO SILVA VALDIVIA /EMPRESA BAGNO SPA.

Rol

Fecha

9 de mayo de 2024

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: En estos antecedentes Ingreso Corte 66-2024 Laboral, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, en causa RIT M-657-2023, RUC 23-4-0533877-7, por sentencia de nueve de enero de 2024, dictada por la jueza señora Marcela Poblete Valdés, se acogió en todas sus partes la demanda por despido injustificado, presentada por Pablo Andrés Silva Valdivia. Contra la decisión aludida, el abogado Sebastián Nicolás Sirner Álvarez, por la demandada Empresa Bagno SpA, dedujo recurso de nulidad invocando como única causal aquella prevista en el artículo 478 b) del Código del Trabajo, esto es, por haber sido dictada “(…) con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica”, sosteniendo que el sentenciador ha infringido grave y manifiestamente las normas sobre la apreciación de la prueba conforme las reglas de la sana crítica, atentando contra la lógica y las máximas de la experiencia. El 9 de febrero del año en curso, la sala tramitadora declaró admisible el recurso interpuesto y, el 3 de mayo de 2024, se procedió a la vista de la causa, alegando en estrados los apoderados de la demandada recurrente, en favor del recurso, y del demandante, en contra del mismo. Primero: Que, la recurrente alega como vicio de nulidad, el haber sido dictada la sentencia con infracción a las normas de apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, ya que, conforme a su argumento, en un procedimiento de carácter monitorio, cuando se ha citado a audiencia de juicio, dicha circunstancia obedecería a que de los antecedentes aportados por el demandante en su demanda no resulta posible inferir la existencia de un vínculo de subordinación y dependencia que lo uniera con el demandado. A continuación, señala que “(…) tenemos en la especie, que el demandante acredita el vínculo en su demanda, de manera clara y sin lugar a dudas, sin embargo, aún así el tribunal consideró que no habían fundamentos para acoger la demanda, lo que claramente indica que el demandante no tiene nada, es decir su demanda es infundada, no variando su situación en la audiencia de juicio”, concluyendo su escueta argumentación señalando que “(…) luego, sin mayores probanzas, el mismo tribunal que despreció la demanda, la acoge en todas sus partes, lo que atenta contra la lógica más elemental, primero no y luego si, así de simple”. Finalmente, señala que de “(…) una adecuada apreciación de la prueba rendida conforme la sana crítica, se tendrá por acreditada la causal de despido y se negará lugar en todas sus partes a la demanda de autos”. Segundo: Que de la simple lectura de la argumentación relativa a la causal del artículo 478 literal b) se advierte que la recurrente no está de acuerdo con la conclusión del tribunal de instancia, pero no desarrolla cuáles serían los antecedentes en que se fundarían las faltas a las reglas de la lógica o las máximas de la experiencia ni cómo habrían incidido éstas en lo disposit

Fallo

Por estas consideraciones y, en razón de lo dispuesto en los artículos 474, 477, 478, 479, 480, 481 y 482 del Código del Trabajo, se rechaza el recurso de nulidad deducido por el abogado Sebastián Nicolás Sirner Álvarez, por la demandada Empresa Bagno SpA, en contra de la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, en causa RIT M-657-2023, de nueve de enero de dos mil veinticuatro, dictada por la jueza señora Marcela Poblete Valdés, la que en consecuencia no es nula. Redacción del Abogado Integrante Juan Francisco Reyes Taha. Regístrese y devuélvase, en su oportunidad. Rol N° 66-2024 LAB Pronunciada por la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por los ministros señora María Carolina Catepillán Lobos, señora Alondra Castro Jiménez y abogado integrante señor Juan Francisco Reyes Taha. Se deja constancia que no firma el abogado integrante señor Reyes, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y posterior acuerdo del fallo, por estar ausente.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, nueve de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: En estos antecedentes Ingreso Corte 66-2024 Laboral, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, en causa RIT M-657-2023, RUC 23-4-0533877-7, por sentencia de nueve de enero de 2024, dictada por la jueza señora Marcela Poblete Valdés, se acogió en todas sus partes la demanda por despido injustificado, presentada por Pa

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica